Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
17-10-2024

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241017-13

Páginas: 62


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

13
RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo, convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley y la base décima del Título I de la Resolución de 1 de febrero de 2024, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo, esta Dirección General de Recursos Humanos en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

RESUELVE

Primero

Nombramiento funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros

Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros, a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de 1 de febrero de 2024, y que figuran relacionados en el Anexo I a esta Resolución, junto con la asignación del número de Registro de Personal que les corresponde e indicación de la Dirección de Área Territorial a la que están adscritos para la realización de la fase de prácticas.

Segundo

Fecha de efectos del nombramiento como funcionarios en prácticas

El nombramiento como funcionarios en prácticas surtirá efectos administrativos desde el 1 de septiembre de 2024, y económicos desde la fecha de incorporación al centro de destino.

Tercero

Decae como funcionario en prácticas del Cuerpo de Maestros

Quienes no se hubiesen incorporado a los destinos adjudicados, se entenderá que han renunciado al procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024, salvo los aspirantes que se encuentren en situación legal para ello o en aplazamiento autorizado para la realización de las prácticas al tener concedida prórroga de incorporación hasta el próximo curso 2025-2026.

Cuarto

Nombramiento de funcionarios de carrera

De conformidad con la base undécima del Título I de la Resolución de 1 de febrero de 2024, mencionada anteriormente, una vez concluida la fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados “aptos” reúnen los requisitos generales y específicos de participación establecidos en la Resolución de convocatoria, la Dirección General de Recursos Humanos aprobará el expediente del procedimiento selectivo, que se hará público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y remitirá la lista de seleccionados en el Cuerpo de Maestros al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a efectos de su nombramiento y de la expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera.

Quinto

Aplazamiento de la fase de prácticas

Declarar en situación de aplazamiento legal de la fase de prácticas, a los aspirantes que se indican en el Anexo II de esta Resolución, por encontrarse en alguna de las circunstancias recogidas en la Resolución de 7 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024, al tener concedida la prórroga de incorporación a dicha fase hasta el próximo curso escolar 2025-2026.

Con el fin de efectuar la fase de prácticas, para el próximo curso 2025-2026, estos aspirantes deberán participar en el procedimiento de esta Dirección General de asignación de vacantes que se establezca al efecto.

Sexto

Régimen jurídico

Desde el momento en que los aspirantes hayan sido seleccionados serán nombrados funcionarios en prácticas, condición que tendrán hasta su nombramiento como funcionarios de carrera, y el régimen jurídico administrativo que les corresponde será el de funcionarios en prácticas, siempre que estuvieran desempeñando un puesto docente.

El régimen de los funcionarios en prácticas será el establecido por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero y demás normativa aplicable para los funcionarios en prácticas.

Séptimo

Remuneraciones funcionarios en prácticas

Las remuneraciones de los funcionarios en prácticas, se realizarán de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 26 de enero de 2006, de la Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas.

Octavo

Efectos de la no superación de la fase de prácticas

Aquellos aspirantes que resulten declarados “no aptos”, podrán incorporarse en el curso siguiente para repetir, por una sola vez, la fase de prácticas. En este caso, ocuparán el lugar siguiente al del último seleccionado en su especialidad de la promoción a la que se incorpore. En el supuesto de no poder incorporarse a la siguiente promoción por no haberse convocado ese año procedimiento selectivo de ingreso al mismo cuerpo y especialidad, realizarán la fase de prácticas durante el curso siguiente a aquel en el que fue calificado como “no apto”. Quienes no se incorporen, o sean declarados “no aptos” por segunda vez, perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera. La pérdida de estos derechos será declarada por la autoridad convocante mediante resolución motivada.

Noveno

Regulación de la fase de prácticas

La regulación de la fase de prácticas se regirá por lo dispuesto en la Resolución de 7 de agosto de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024.

Décimo

Recursos

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 9 de octubre de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.





















































































































(03/16.480/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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