Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2024

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241008-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

57
Nuevo Baztán. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por acuerdo de Pleno, de 25 de septiembre 2024, se acordó delegar, por razones de eficacia y mayor celeridad para la resolución de determinados asuntos de interés público, en la Junta de Gobierno Local todas las funciones atribuidas al Pleno Municipal, excepto las reservadas, establecidas en el artículo 22.4 en relación con el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril.

Lo que le tramito, a los efectos oportunos, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En Nuevo Baztán, a 27 de septiembre de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Gemma Pacheco Huecas.

(03/15.618/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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