Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2024

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241008-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

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ADENDA de 19 de septiembre de 2024, de prórroga del convenio entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, O. A. y la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y el Servicio Madrileño de Salud, en materia de propiedad industrial.

REUNIDOS

De una parte, la Oficina Española de Patentes y Marcas, O. A. (en adelante, OEPM), representada por D.a Elisa Rodríguez Ortiz, Directora de la OEPM, nombrada por Real Decreto 556/2024, de 11 de junio, actuando como representante de la misma en virtud de las facultades que le confieren la Ley 17/1975, de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la Propiedad Industrial en su artículo quinto, y el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas en su artículo seis.

De otra parte, la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad (en adelante, Consejería) representada por D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada por Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid y, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación a la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos y el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, el Servicio Madrileño de Salud (en adelante, SERMAS), representado por D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada por Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del SERMAS, de acuerdo con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23.2 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, y en uso de la facultad establecida en el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, en la redacción dada por la Ley 1/2001, de 29 de marzo, y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería, la competencia en materia de convenios.

Las partes se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan, para suscribir el presente acuerdo y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero

Que con fecha 1 de julio de 2020, la OEPM, la Consejería, y el SERMAS firmaron un convenio con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la utilización de los derechos de propiedad industrial en materia de investigación e innovación, con una duración de cuatro años. El convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) el 22 de septiembre de 2020, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM) con fecha 3 de septiembre 2020 y en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE) el 23 de septiembre de 2020, fecha en la que entró en vigor el convenio según la cláusula décima del mismo y la redacción que tenía en aquella fecha el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segundo

Que la cláusula décima del convenio contempla la posibilidad de prórroga del mismo por un período máximo de otros cuatro años, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, siempre que las partes acuerden por unanimidad su renovación.

Tercero

Que, estando todas las partes de acuerdo en la procedencia de la prórroga, y permaneciendo el interés en continuar la colaboración con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la utilización de los derechos de propiedad industrial en materia de investigación e innovación, por la presente adenda, se prorroga la duración del convenio por un plazo de otros cuatro años.

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

Se acuerda la prórroga del convenio suscrito entre la OEPM, la Consejería y el SERMAS, en materia de propiedad industrial, por un período de cuatro años de duración, es decir, hasta el 23 de septiembre de 2028.

Segunda

Permanencia inalterada del resto del convenio

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio.

Tercera

Validez y eficacia de la presente adenda

Los efectos de la presente adenda comenzarán tras su inscripción en el REOICO, sin perjuicio de su posterior publicación en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo prescrito por el artículo 13 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente adenda, a la fecha de la última de las firmas.

Madrid, a 19 de septiembre de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O. A., la Directora, Elisa Rodríguez Ortiz.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del SERMAS, Laura Gutiérrez Barreno.

(03/15.234/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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