Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
04-10-2024

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241004-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OTROS ANUNCIOS

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Rivas-Vaciamadrid. Otros anuncios. Candidatura juez de paz

Anuncio elección de juez de paz titular y sustituto de Rivas-Vaciamadrid.

Que se abre un plazo de diez días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, que se incluyen en la declaración responsable, lo soliciten por escrito, dirigido a esta Alcaldía:

Que reúno todas las condiciones establecidas en la normativa vigente para poder acceder al cargo convocado y en particular:

— Poseer la nacionalidad española.

— Ser mayor de edad.

— Estar en pleno ejercicio de mis derechos civiles.

— Ser residente en esta localidad, sede del Juzgado de Paz, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. (Artículo 15 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz).

— No estar incurso en alguna de las causas de incapacidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial. (Artículo 389).

— No estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.

— No estar condenado por delito doloso.

— No estar procesado o inculpado por delito doloso.

La declaración responsable, junto con el resto de documentación, se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, deberán presentar:

— Fotocopia del DNI.

— Certificado de antecedentes penales.

— Currículo personal.

El modelo de declaración responsable se encuentra a disposición de las personas interesadas en las dependencias municipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.

Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, etcétera.

Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://www.rivasciudad.es/tramite/eleccion-y-nombramiento-de-juez-de-pa...

Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.

Lo que se publica para general conocimiento.

Rivas-Vaciamadrid, a 25 de septiembre de 2024.—El secretario general, Juan Ramón Garrido Solís.

(03/15.440/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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