Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
04-10-2024

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241004-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

18
RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras de Transporte Colectivo de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, relativa a la publicación de la Orden de aprobación del proyecto modificado número 1 del “Proyecto Constructivo de Ampliación de la Línea 11 del Metro de Madrid. Tramo Plaza Elíptica-Conde de Casal”.

Con fecha 14 de mayo de 2024, el Director General de Infraestructuras de Transporte Colectivo, por delegación del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, dictó orden por la que se aprueba el proyecto modificado número 1 del “Proyecto Constructivo de Ampliación de la Línea 11 del Metro de Madrid. Tramo Plaza Elíptica-Conde de Casal”, en la que se dispone:

«Aprobar el proyecto modificado número 1 del “Proyecto Constructivo de Ampliación de la Línea 11 del Metro de Madrid. Tramo Plaza Elíptica-Conde de Casal”, con un presupuesto líquido de contrata de 427.863.800,75 euros (IVA no incluido) (517.715.198,91 euros, IVA incluido). El presupuesto líquido del modificado supone un incremento de 14.103.807,46 euros (IVA no incluido) (17.065.607,03 euros, IVA incluido). Este proyecto modificado contiene cuantos documentos resultan preceptivos en aplicación del artículo 233 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público».

El proyecto modificado número 1 contiene los documentos que resultan preceptivos en aplicación de la normativa vigente.

El proyecto modificado número 1 recoge las condiciones ambientales establecidas en el informe de impacto ambiental, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de noviembre de 2023, mediante Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Directora General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior ( https://gestiona.comunidad.madrid/rlma_web ), así como una descripción de las características del proyecto y las medidas previstas para prevenir, corregir y compensar y, si fuera posible, contrarrestar efectos adversos significativos en el medio ambiente, así como, en su caso, medidas de seguimiento y el órgano encargado del mismo.

El Informe de Impacto Ambiental señala que no es previsible que dicho proyecto tenga efectos ambientales adversos significativos sobre el medio ambiente con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas por el promotor y las contenidas en dicho Informe.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental,

RESUELVO

Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 3 de octubre de 2024.—El Director General de Infraestructuras de Transporte Colectivo, Miguel Núñez Fernández.

(03/15.936/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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