Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
19-09-2024

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240919-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Griñón. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El Sr. alcalde-presidente ha dictado la siguiente resolución número 3157, de 6 de septiembre de 2024, por la que delega sus funciones en el primer teniente de alcalde, D. Miguel Pereda Navarro, según se detalla:

Primero.—Delegar en D. Miguel Pereda Navarro, primer teniente de alcalde, las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, desde el día 7 al 14 de septiembre, ambos inclusive.

Segundo.—La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros, salvo la materialización del pago a través de banca electrónica que se llevarán cabo con las claves personales del alcalde sustituido.

La presencia del alcalde sustituido en órganos colegiado supondrá asumir automáticamente las facultades y funciones de la Alcaldía.

Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía a posteriori y en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo, de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del ROF.

Cuarto.—La delegación conferida, requerirá, para su eficacia, la aceptación del órgano delegado, entendiéndose otorgada tácitamente, si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación, en el término de tres días hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que le sea notificada esta resolución.

Quinto.—La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido en la primera sesión ordinaria del Pleno que éste celebre y surtirá efectos desde su fecha.

Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resolución, se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y del R. D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que, para la delegación, se establecen en las mismas.

Séptimo.—Comunicar al interesado así como a los distintos departamentos y servicios municipales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Griñón, a 9 de septiembre de 2024.—El alcalde en funciones, (decreto 2024-3157 de 6 de septiembre de 2024), Miguel Pereda Navarro.

(03/14.487/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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