Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
19-09-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240919-32

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AMBITE

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Ambite. Régimen económico. Ordenanza fiscal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de septiembre de 2024, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa por documentos que expida o de que entienda la administración o las autoridades municipales a instancia de parte.

Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: https://ambite.sedelectronica.es/

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

La modificación afecta al artículo 7, epígrafe I. Certificaciones, quedando redactado de la siguiente forma:

“Artículo 7:

Epígrafe I. Certificaciones:

A) Que no requieren informe de técnico

— Encontrarse al corriente de pago en obligaciones tributarias: 2 euros.

— Reagrupación familiar: 5 euros.

— Empadronamiento: 1 euros.

— Convivencia: 1 euros.

B) Que requieren informe de técnico y/o jurídico no incluidos en el grupo A (antigüedad, inexistencia de infracciones urbanísticas, etc.

— Certificación o informe urbanístico: 90 euros.

C) Certificados de concordancia de números y calles que no requieren trabajos de archivo:

— Certificación o informe urbanístico de concordancia de números y calles: 10 euros.

Epígrafe II. Copias de documentos o datos:

— Certificado fichas catastrales (PIC): 2 euros.

— Fotocopia expedientes administrativos, por hoja: 1 euros.

— Duplicados licencias urbanísticas: 1 euro.

— Compulsa documentos administrativos, por hoja: 2 euros.

— Hojas NNSS, por hoja: 0,60 euros.

— Planos proyectos DIN-A4: 1 euro.

— Planos proyectos DIN-A3: 2 euros.

— Fotocopia DNI: 0,30 euros.

— Fotocopia DIN-A4, en blanco y negro, por hoja: 0,10 euros.

— Fotocopia DIN-A4, a color, por hoja: 0,20 euros.

— Fotocopia DIN-A3, en blanco y negro por hoja: 0,50 euros.

— Fotocopia DIN-A3, a color por hoja: 1 euro.

Epígrafe III. Otros documentos:

— Cédulas urbanísticas: 90 euros.

— Bastanteo de poderes: 5 euros”.

Ambite, a 9 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, Apolonio Alcaide Bravo.

(03/14.485/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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