Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220

Fecha del Boletín 
14-09-2024

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240914-8

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

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Madrid número 13. Procedimiento 783/2023

EDICTO

D./DÑA. DANIEL ALEJANDRO IGNACIO CAMPOS letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción n.o 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.o 783/2023 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Condeno a Irene Luisa González Granda como autora de un delito contra el patrimonio, hurto continuado, del art. 234.2 y 74 del Código Penal, a la pena de 40 días multa con una cuota diaria de 4 euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. IRENE LUISA GONZALEZ GRANDA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 04 de septiembre de 2024.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/14.266/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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