Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 210

Fecha del Boletín 
03-09-2024

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240903-29

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN

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EXTRACTO de la Orden 102/2024, de 12 de agosto, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2024.

BDNS (Identif.): 780760

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans ) y en la página web www.madrid.org

Primero

Beneficiarios

Podrán solicitar esta subvención las entidades sin ánimo de lucro, las ONG´s y demás entidades del tercer sector que impartan formación en materia de capacitación digital a los ciudadanos nacionales, comunitarios, extranjeros o apátridas que tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid. A tal efecto deberán presentar junto a la solicitud un proyecto de formación en competencias digitales en los términos del artículo 9 de las bases reguladoras.

Segundo

Objeto

Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la capacitación digital de colectivos vulnerables mediante la formación en competencias digitales, con un mínimo de siete horas y media de duración y un máximo de veinticuatro, efectivamente prestada por el beneficiario a los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 102/2024, de 12 de agosto, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, Financiado por la Unión Europea-NextgenerationEU, para el año 2024.

Cuarto

Cuantía

La cuantía individualizada de la subvención se obtendrá multiplicando a cada alumno de cada actividad formativa efectivamente realizada por una cuantía de 108,30 euros.

La cuantía máxima que podrá solicitar cada entidad solicitante por proyecto de formación asciende a 324.900 euros, correspondiente a la formación de 3.000 alumnos.

La dotación presupuestaria destinada a la financiación de estas ayudas es de 3.249.000 euros.

Quinto

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, quedando abierto de forma continuada hasta el agotamiento del crédito disponible, o en caso de que esto no ocurra, hasta el 31 de diciembre de 2025.

Sexto

Otros datos

Las solicitudes para participar en la convocatoria se cumplimentarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección electrónica: Administración Digital de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 19 de agosto de 2024.

El Consejero de Digitalización, MIGUEL LÓPEZ-VALVERDE ARGÜESO

(03/13.559/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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