Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
28-08-2024

Sección 1.4.103.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240828-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

O. A. AGENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DEL MENOR INFRACTOR

13
ADENDA de 8 de agosto de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y la Universidad a Distancia de Madrid, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.

En Madrid, a 8 de agosto de 2024.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. don Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local y Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, que actúa en ejercicio de su cargo, en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 5 y 7.a) de la Ley 3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la citada Agencia.

De otra parte, el Excmo. Sr. don Eugenio Lanzadera Arencibia, mayor de edad e identificado con el DNI ***0452**, actuando en su condición de Rector Magnífico de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), entidad identificada con el NIF A-8161889Y, y domicilio social en el paseo del General Martínez Campos, número 5 (CP 28010). Nombrado para su cargo por decisión del Consejo de Administración de la entidad, en su reunión del pasado 21 de febrero de 2024; e interviniendo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19.a) y f) del Decreto 38/2014, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad a Distancia de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2014).

MANIFIESTAN

Que ambas partes están interesadas en prorrogar, desde el 9 de septiembre de 2024 al 8 de septiembre de 2028, la vigencia del convenio de colaboración suscrito el 9 de septiembre de 2020 entre la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), cuyo objeto esencial radica en el establecimiento de líneas de colaboración para la realización de prácticas formativas y para la realización de otras actividades curriculares que puedan ser de interés mutuo.

En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en la cláusula novena del convenio de colaboración suscrito el 9 de septiembre de 2020 y dado que no se ha producido por ninguna de las partes su denuncia en el tiempo y forma establecidos en la cláusula décima del citado convenio, ambas partes,

ACUERDAN

Prorrogar, desde el 9 de septiembre de 2024 hasta el 8 de septiembre de 2028, la vigencia del convenio de colaboración suscrito el 9 de septiembre de 2020 entre la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor y la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) para el desarrollo de programas de cooperación educativa.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente prórroga de convenio, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

Madrid, a 8 de agosto de 2024.—Por la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), el Rector Magnífico de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), Eugenio Lanzadera Arencibia.—Por la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, el Presidente del Consejo de Administración de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, Miguel Ángel García Martín.

(03/13.347/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.103.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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