Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 203

Fecha del Boletín 
26-08-2024

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240826-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

1
ORDEN 2085/2024, de 3 de agosto, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden 543/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Medio (Grupo II, Nivel 7, Áreas B, C y D) de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 543/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Medio (Grupo II, Nivel 7, Áreas B, C y D) de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de diciembre. Ampliación de plazas por Orden 1445/2022, de 15 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 176, de 26 de julio), por un total de 34 plazas.

Por sentencia judicial firme número 474/2024, de 29 de mayo de 2024, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección número 2 de lo Social, con motivo de la demanda interpuesta por varias de las personas participantes en el precitado proceso selectivo, dicho tribunal estima en parte el recurso de suplicación número 164/2024 contra la sentencia número 60/2023, de 28 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Social número 49 de los de Madrid, en sus autos número 52/2023, por reconocimiento de derecho, revocando dicha sentencia y estimando en parte la demanda declarando nula y sin efecto la inclusión de las plazas vacantes números 27.156, 50.194, 63.778, 48.962, 36.749, 48.958, 47.070, 48.963, 52.743, 48.964, 19.380, 48.967, 48.971, 27.155, 48.954, 51.323, 48.966, 48.957, 36.748 y 48.956, en el proceso selectivo impugnado, todas ellas correspondientes a la categoría profesional de Titulado Medio, Grupo II, Nivel 7, Área C y adscritas al Organismo Autónomo Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.

Por ello, por la presente orden se procede a la modificación del programa incluido en el proceso selectivo al amparo de la Orden 543/2021, de 3 de noviembre, con respecto a las plazas de Titulado Medio del Área C, que han quedado individualizadas y fijadas en la parte dispositiva de esta y detraídas de la convocatoria inicial, al entender que el temario exigido no se corresponde suficientemente con las funciones que el vigente convenio colectivo establece para esa categoría profesional y área de actividad, por lo que, en cumplimiento de la resolución judicial, a través de la presente orden se corrige la convocatoria que dio lugar a la estimación de la demanda de referencia. Asimismo, se diferencia entre las plazas afectadas y no afectadas por la ejecución de la sentencia firme número 474/2024, de 29 de mayo de 2024, incorporando para estas últimas un nuevo temario específico ajustado a las funciones de esta categoría profesional y del Área C, conforme al cual se examinarán las personas aspirantes que así lo manifiesten durante el nuevo plazo de presentación de solicitudes que, por motivos de seguridad jurídica, se abrirá.

Asimismo, las plazas números 52.743, 51.323 y 36.748 indicadas en la sentencia a ejecutar no se encuentran incluidas en la convocatoria al amparo de la Orden 543/2021, de 3 de noviembre, al estar vinculadas a otros procesos o sistemas de provisión, concretamente la número 52.743 al actual concurso de traslados de personal laboral convocado, la número 51.323 al contar con una persona titular en reserva de puesto y la número 36.748 al estar incluida en el proceso selectivo al amparo de la Orden 1881/2023, de 7 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Medio (Grupo III, Nivel 7 y Área C) de la Comunidad de Madrid.

Por último, por un principio de congruencia con la fundamentación jurídica de la sentencia judicial firme a ejecutar y del correspondiente principio de seguridad jurídica, se han incluido también en la modificación de la presente orden la totalidad de las plazas correspondientes específicamente al Área C vinculadas a esta convocatoria y que actualmente se encuentran adscritas a dicha área, se correspondan o no con las afectadas de manera directa e inmediata en el fallo.

Por Resolución de la Directora General de Función Pública, de 28 de junio de 2024, se ordena el exacto cumplimiento de la sentencia número 474/2024 dictada el 29 de mayo de 2024 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En virtud de lo expuesto, esta Consejería, en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2 bis.9 del Decreto 74/1988, de 23 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 158, de 5 de julio), por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal y de acuerdo con lo recogido en el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,

DISPONE

Primero

Modificar la base primera de la Orden 543/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Medio (Grupo II, Nivel 7, Áreas B, C y D) de la Comunidad de Madrid, añadiendo un nuevo apartado 3 con el siguiente tenor literal:

“3. Del total de plazas incluidas en este proceso selectivo, a las 29 de ellas correspondientes al Área C se les exigirá el programa recogido en el anexo de la presente orden”.

Segundo

Modificar el apartado primero de la Orden 1445/2022, de 15 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Medio (Grupo II, Nivel 7, Áreas B, C y D) de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 543/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 176, de 26 de julio), añadiendo un nuevo apartado 3, de acuerdo con lo indicado a continuación:

“3. Del número total de plazas incluidas en el proceso selectivo al amparo de la Orden 543/2021, de 3 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291, de 7 de diciembre) y la presente ampliación, a las 29 de ellas correspondientes al Área C se les exigirá el programa recogido en el anexo de la presente orden”.

Tercero

Continuar con el desarrollo del proceso selectivo convocado y en ejecución, conservando todas las actuaciones realizadas hasta este momento con respecto a las plazas no correspondientes al Área C en los términos recogidos en el preámbulo de la presente orden, debiendo procederse a la realización de todos los ejercicios de esta convocatoria para todas aquellas personas que deseen participar específicamente en el desarrollo del mismo para los puestos correspondientes al Área C, cuyo plazo de presentación de solicitudes se abrirá al efecto, tal y como se recoge en el siguiente apartado de esta orden.

Cuarto

Proceder a la apertura de un nuevo plazo de veinte días hábiles para la presentación de solicitudes para participación en el presente proceso selectivo, en lo que se refiere específicamente a las plazas correspondientes al Área C, de conformidad con lo recogido en el apartado 6 de la base tercera de la Orden 543/2021, de 3 de noviembre, que se contará a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por parte de todas aquellas personas que así lo deseen, no teniendo que presentar nueva solicitud las personas que solo opten por continuar únicamente con el proceso selectivo para las Áreas B y D, siéndole de aplicación todo lo recogido en las bases específicas reguladas en la precitada Orden 543/2021, de 3 de noviembre, a excepción del programa a exigir estipulado en su base séptima.3 que será el que aparece en el anexo de la presente orden.

Quinto

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En Madrid, a 3 de agosto de 2024.—La Directora General de Función Pública (por delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María José Esteban Raposo.

(01/13.351/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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