Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
21-08-2024

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240821-2

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

2
RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelven los dos procesos selectivos para el ingreso, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 619/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 293, de 9 de diciembre), se convocaron dos procesos selectivos para el ingreso, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en las bases octava y novena de la Orden anteriormente indicada, en concordancia con lo determinado, igualmente, en la bases decimocuarta y decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, una vez elevadas, por el Tribunal Calificador de las citadas pruebas, las relaciones definitivas de personas aspirantes aprobadas en los referidos procesos selectivos, la Dirección General de Función Pública ha de dictar la correspondiente Resolución comprensiva de dichos listados, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo procederse por aquéllas a la acreditación, en los términos recogidos en la expresada Resolución, del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en la señalada Orden de convocatoria.

En virtud de cuanto antecede, este Centro directivo, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

HA RESUELTO

Primero

Declarar, a propuesta del Tribunal Calificador de los mencionados procesos selectivos de acceso libre y de promoción interna, que han superado los mismos las personas aspirantes incluidas en las relaciones que se incorporan como Anexos I y II, respectivamente, de la presente Resolución.

Segundo

1. Con objeto de proceder a su nombramiento como personal funcionario de carrera del Cuerpo, Escala y Categoría de referencia, las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para presentar la documentación que se especifica a continuación, contemplada en el apartado sexto de la base decimocuarta de la aludida Orden 290/2018, de 27 de junio, en consonancia con lo establecido en la base segunda de la reseñada Orden 619/2021, de 19 de noviembre, y que será dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, todo ello sin perjuicio de lo estipulado en el punto 2 de este apartado segundo:

A) Copia del Documento Nacional de Identidad.

B) Copia de alguna de las titulaciones académicas requeridas para el acceso a la categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero de la base segunda de la ya reiterada Orden de convocatoria, o, en su caso, de la certificación académica justificativa de haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente por este concepto.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá aportar copia de la credencial de homologación o, en su caso, del certificado de equivalencia, conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sufrido separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

D) Copia del permiso de conducir de la clase B.

E) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo de que se trate y según la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, que habrá de ser proporcionada a las personas aspirantes aprobadas, en el mismo plazo consignado en este apartado segundo, por la citada Dirección General de Recursos Humanos, sin perjuicio de que esa relación se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en las siguientes páginas web:

— En el caso del proceso de acceso libre:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-medio-agente-fores...

— En el supuesto del proceso de promoción interna:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/tecnico-med...

Los modelos con objeto de cumplimentar la declaración jurada o promesa indicada en la letra C) y la solicitud de destinos prevista en la letra E), serán facilitados por la señalada Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquellos a través del enlace https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/personal-fu... y, seguidamente, seleccionando el apartado “Entrega de documentación y petición de destinos”.

2. No obstante, no será necesario aportar la documentación detallada en las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van ellas referidas, salvo si la persona interesada se opusiera expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención en el punto 3 de este apartado segundo.

Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando la persona aspirante hubiera procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la documentación comprendida en la letra B).

3. La documentación reseñada será presentada telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”, que estará disponible en el trámite correspondiente a cada proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuyas respectivas URL se indican seguidamente, y adjuntándose a aquel la documentación pertinente que hubiera de aportarse:

— Para el proceso de acceso libre:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/tecnico-medio-agente-forestal

— Para el proceso de promoción interna:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/tecnico-medio-agente-forestal-0

Asimismo, podrá accederse al trámite que proceda a través de las páginas web que se exponen a continuación:

— En el caso del proceso de acceso libre:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnico-medio-agente-fores...

— En el supuesto del proceso de promoción interna:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/tecnico-med...

A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

Tercero

De conformidad con lo estipulado en el apartado noveno de la base decimocuarta de la enunciada Orden 290/2018, de 27 de junio, a efectos de la acreditación de la posesión, por las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de promoción interna, de los requisitos contemplados en el apartado segundo de la base segunda de la aludida Orden 619/2021, de 19 de noviembre, así como del requisito recogido en la base 6.1.e) de la señalada Orden 290/2018, de 27 de junio, la mencionada Dirección General de Recursos Humanos realizará las comprobaciones oportunas de dichos extremos.

Cuarto

En aplicación de lo dispuesto en el apartado décimo de la base decimocuarta de la ya reiterada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta Resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el respectivo proceso selectivo, o si del examen de la documentación correspondiente, o de la obtenida de la consulta practicada de oficio en los supuestos descritos, se dedujera que carecen de alguno de los mismos, perderán su derecho a ser nombrados personal funcionario de carrera del Cuerpo de Agentes Forestales, Escala Técnica, Categoría de Técnico Medio Agente Forestal, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia o documentación.

Quinto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda y Función Pública, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 30 de julio de 2024.—La Directora General de Función Pública, por delegación de firma (Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.



(03/12.930/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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