Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 182

Fecha del Boletín 
01-08-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240801-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
Alcobendas. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Expediente de rectificación de errores en las modificaciones de crédito del presupuesto de la entidad, ejercicio 2024.

En sesión ordinaria del Pleno, de 15 de julio de 2024, fue aprobada la rectificación de errores en el expediente del suplemento de crédito 02/2024 y crédito extraordinario 02/2024 del presupuesto municipal 2024, que fue aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de 28 de mayo de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de junio), procede rectificar los mismos con arreglo a lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta el procedimiento de tramitación dispuesto en el artículo 177.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como el 35 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, siendo ejecutiva y produciendo efectos desde la fecha de publicación de este acuerdo.

En esta rectificación no se ven afectados ni el importe total ni los capítulos de expediente de suplemento de crédito 02/2024 y crédito extraordinario 02/2024, que fue aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de 28 de mayo de 2024, que afectan al presupuesto del 2024 de la Entidad.

En Alcobendas, a 31 de julio de 2024.—El titular accidental del Órgano de Contabilidad y Presupuesto, según Resolución de la DGRT de 13 de marzo de 2024, José Julio Sáez Ballesteros.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez Marcos.

(03/12.726/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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