Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
10-07-2024

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240710-94

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA

PERSONAL

94
Talamanca de Jarama. Personal. Nombramiento personal laboral

Decreto de Alcaldía.—Considerando finalizado el expediente 437/2022, relativo a la convocatoria y pruebas de selección para la cobertura por el sistema de concurso, de 1 plaza de personal laboral fijo en la categoría de “Oficial de Oficios Múltiples” derivada de los procesos extraordinarios de estabilización previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Vistas las actas suscritas por los miembros del tribunal calificador en las que se recoge la puntuación definitiva alcanzada por los aspirantes y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, en con lo previsto en el artículo 21.1h) de la LBRL, resuelvo:

Primero.—Declarar personal laboral fijo en la categoría de Oficial de Oficios Múltiples, del Ayuntamiento Talamanca de Jarama al siguiente aspirante, al haber obtenido la máxima puntuación (10 puntos) en el proceso de selección de referencia:

— Dorado Guapo, Ángel.

Segundo.—Para adquirir la condición de personal laboral fijo, y de acuerdo con lo previsto en la base décima, previa acreditación de que aportaron la documentación relacionada en la indicada base, el aspirante seleccionado como personal laboral fijo deberá formalizar su contrato en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación de la resolución de nombramiento.

Tercero. Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios y pagina web municipal.

Talamanca de Jarama, a 22 de mayo de 2024.—El alcalde, Juan Manuel García Sacristán.

(03/10.558/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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