Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 132

Fecha del Boletín 
04-06-2024

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240604-99

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES LAS CAÑADAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

99
Mancomunidad de Servicios Sociales Las Cañadas. Régimen económico. Presupuesto general

Advertido error material en el anuncio definitivo del presupuesto de la Mancomunidad de Servicios Sociales para el año 2024, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 21 de mayo de 2024, y de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a rectificar dicho error publicando el íntegro anuncio correcto del presupuesto aprobado definitivamente por la entidad:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que, habida cuenta que la Mancomunidad, en sesión celebrada el día 3 de abril de 2024, adoptó acuerdo de aprobación inicial del presupuesto general de esta entidad para 2024 al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, ha quedado definitivamente aprobado el presupuesto de la Mancomunidad para el ejercicio 2024, teniendo el siguiente resumen:

Esta aprobación definitiva podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, con los requisitos, formalidades y causas contemplados en los artículos 170 y 171 del citado Real Decreto Legislativo.

Igualmente, se hace público que la plantilla del personal al servicio de esta Mancomunidad es la que sigue.

Soto del Real, a 24 de mayo de 2024.—El presidente, José Luis Labrador Vioque.

(03/8.153/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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