Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 122

Fecha del Boletín 
23-05-2024

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240523-49

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Delegación funciones

Acuerdo de 9 de mayo de 2024, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avocan las competencias para la realización de obras de acondicionamiento del espacio que da acceso al edificio sito en el paseo de la Chopera, número 41, y delegarlas en la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.

Desde el Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad se ha planteado la conveniencia de realizar unas obras de acondicionamiento del espacio que da acceso al edificio en el que tiene su sede, mediante una reubicación de la zona de recepción.

La reubicación de esta zona viene motivada por la necesidad de adecuación a la normativa en materia de seguridad, en materia de evacuación y en materia de prevención de riesgos laborales, así como por la necesidad de utilización del edificio de acuerdo con el Código Técnico de Edificación, aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.

Para ello, se plantea la sustitución de los actuales arco y scanner, actualmente en desuso y obsoletos, por unos más modernos que puedan dotar al edificio de la seguridad y control que requiere, en aplicación de la Instrucción 2/2002, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se actualizó el Plan de Prevención, Protección y Respuesta Antiterrorista, que establece cinco niveles, de los cuales, en la actualidad nos encontramos en el nivel 4.

Por otra parte, y con el fin de ganar el espacio necesario para la adecuada ubicación de los puestos de trabajo del control de acceso al edificio, garantizando al mismo tiempo una correcta evacuación, se plantea unir la actual zona de acceso con una zona ocupada en la actualidad con un pequeño despacho en desuso, que se encuentra situado tras el mostrador. Para ello, se proponen las obras de acondicionamiento en la zona de entrada o recepción, cuyo coste económico aproximado sería de 30.000,00 euros, IVA incluido.

De conformidad con lo establecido en el apartado 2.o del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, corresponden a ésta las competencias ejecutivas en materia de gestión del patrimonio municipal, obras en el espacio público, mantenimiento de los equipamientos municipales y construcción de equipamientos.

En concreto, y según el apartado 9.o1.1.a) del citado acuerdo, corresponde a la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio la competencia para realizar obras de construcción, gran reforma, rehabilitación y conservación de los inmuebles demaniales, patrimoniales y de aquellos que estén sujetos a cualquier tipo de uso del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos y al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en relación con los aparcamientos e infraestructuras urbanas de transportes y en materia de movilidad en los ámbitos que afecten a tramos urbanos de carreteras de titularidad del Estado o ramales de acceso al viario M-30.

No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole técnica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por el Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.

Dichas razones se derivan del conocimiento técnico que atesoran los servicios técnicos de la Secretaría General Técnica de Políticas Sociales, Familia e Igualdad a la que, además, le corresponde la competencia de gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos al área de gobierno, así como de gestionar las operaciones de mantenimiento, control e inversiones necesarias para la prestación de servicios energéticos, que permitan optimizar el ahorro y la eficiencia energética de los inmuebles adscritos al área de gobierno, todo ello conforme al apartado 5.o 10.2 a) y b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.

Desde el punto de vista práctico, además, y tratándose de unas obras de escasa envergadura e importe económico, como es la adecuación del espacio del edificio de la sede del área de gobierno, el hecho de que se puedan acometer bajo la supervisión de los citados servicios técnicos evita que se destinen recursos económicos, técnicos y personales a tal fin por el Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, que asume gran carga de obras de mayor envergadura e impacto para los edificios municipales y para el conjunto de la ciudad.

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio en el apartado 9.o1.1.a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, y que tales competencias sean posteriormente delegadas en la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras de acondicionamiento del espacio que da al edificio sito en el paseo de la Chopera, número 41, sede del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, mediante una reubicación de la zona de recepción.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos y del titular del Área de Gobierno Políticas Sociales, Familia e Igualdad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 9 de mayo de 2024.

ACUERDA

Primero.—Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Arquitectura y Conservación del Patrimonio en el apartado 9.o1.1.a) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, únicamente y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar los contratos relativos a la realización de las obras de acondicionamiento del espacio que da al edificio sito en el Paseo de la Chopera, 41, sede del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, mediante una reubicación de la zona de recepción.

Segundo.—Delegar en la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad las competencias avocadas en el apartado primero.

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.

Tercero.—Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

Cuarto.—Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

Quinto.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad a dictar los decretos que sean necesarios para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Sexto.—El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Séptimo.—Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

Madrid, a 9 de mayo de 2024.—La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(03/7.428/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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