Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
17-05-2024

Sección 2.30.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240517-53

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

53
Tribunal Constitucional. Recurso de inconstitucionalidad 220/2024

Recurso de inconstitucionalidad número 2220-2024, contra el artículo 14.2, letra b), de la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación de la Comunidad de Madrid, reformado por el artículo único, numeral doce, de la Ley 17/2023, de 27 de diciembre.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de mayo de 2024, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2220-2024, promovido por el Defensor del Pueblo, contra el inciso “Para iniciar el tratamiento farmacológico será requisito necesario que previamente reciban apoyo de los profesionales de salud mental infanto-juvenil, mantenido durante todo el proceso y en el caso de que existiera comorbilidad será imprescindible un informe favorable del profesional que esté tratando al menor en dichas patologías”, incorporado en el artículo 14.2, letra b), de la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación de la Comunidad de Madrid, por el artículo único, numeral doce, de la Ley 17/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y expresión de género e igualdad social y no discriminación de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 7 de mayo de 2024.—El secretario de justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

(03/7.161/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.30.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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