Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
27-04-2024

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240427-8

Páginas: 144


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

8
Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Plan estratégico subvenciones

Se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 10 de abril de 2024, al punto 10, “Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026”, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:

«El expediente ha sido examinado en la sesión de 8 de abril de 2024 por la Comisión General de Coordinación.

Vista la propuesta de la segunda teniente de alcalde, titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda, Digitalización y Seguridad Ciudadana, de fecha 3 de abril de 2024, que se transcribe:

“Dada cuenta de los informes emitidos el 1 de abril de 2024 por la coordinadora general y de 3 de abril del titular del Órgano de Gestión Presupuestaria:

Primero.—La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, prevé en su artículo 8.1 que “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”.

Segundo.—En cuanto a la naturaleza jurídica de los planes estratégicos de subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, estos tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.

Por todo ello y en virtud de las facultades establecidas en el artículo 127.1.g) de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local, y en el artículo 45.3.g) del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Se propone al Órgano Colegiado:

Único.—Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026».





























































































































































































































































































En Pozuelo de Alarcón, a 15 de abril de 2024.—El titular del Órgano de Apoyo Junta de Gobierno Local y concejal-secretario, Antonio Iglesias Moreno.

(03/5.734/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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