Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
25-04-2024

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240425-42

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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EXTRACTO de la Orden 1213/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a empresas pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, forestal e industria asociada o agroalimentaria, para la realización de proyectos de investigación, desarrollo e innovación, para 2024.

BDNS: 755162

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Beneficiarios

Empresas privadas de la Comunidad de Madrid o agrupaciones de éstas, independientemente de su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica, no pertenezcan al sector público, en los términos definidos en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, tengan domicilio fiscal y actividad en dicha comunidad autónoma y pertenezcan al sector primario (agricultura, ganadería y silvicultura) a su industria asociada o a la industria agroalimentaria.

Segundo

Objeto

Ayudas dirigidas a empresas privadas de la Comunidad de Madrid, pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, forestal o de sus industrias asociadas o agroalimentarias (línea de ayudas “INNOBONOS”), para la anualidad 2024.

Tercero

Bases reguladoras

La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 3130/2022, de 23 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 235, de 3 de octubre de 2022).

Cuarto

Cuantía

El importe total de la convocatoria es de un millón de euros (1.000.000 de euros).

La intensidad de ayuda para cada entidad beneficiaria o agrupación de entidades beneficiarias no superará, con carácter general, el 50 por 100 de la cuantía máxima subvencionable del proyecto.

No obstante lo establecido en el párrafo anterior, la intensidad de ayuda para la investigación industrial y el desarrollo experimental será aumentada:

— En un 10 por 100 en el caso de medianas empresas y en un 20 por 100 en el caso de las pequeñas empresas.

— En un 15 por 100 en el caso en el que el proyecto implique una colaboración efectiva entre empresas y, al menos, una de ellas sea una Pequeña o Mediana Empresa (PYME).

En cualquier caso, la cuantía máxima de ayuda a conceder por proyecto será de cien mil euros (100.000 euros).

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 8 de abril de 2024.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de marzo de 2024), la Directora Gerente del IMIDRA, Mónica Martínez Castañeda.

(03/5.949/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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