Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 86

Fecha del Boletín 
11-04-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240411-23

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 1238/2024, de 27 de marzo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve el procedimiento de concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2023-2024.

Por Acuerdo de 27 de noviembre de 2018, del Consejo de Gobierno, modificado por Acuerdo de 13 de mayo de 2020, del mismo Consejo, se aprobaron las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de diciembre de 2018 y 24 de junio de 2020, respectivamente).

En virtud de la Orden 4013/2023, de 17 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, se declaró el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las citadas ayudas para el curso 2023-2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de octubre de 2023).

Según lo dispuesto en los artículos 8 y 10 del citado Acuerdo, corresponde a las Secretarías Generales de cada Dirección de Área Territorial, la instrucción del procedimiento para la concesión de dichas ayudas y elevar las propuestas de resolución correspondientes al respectivo Director de Área Territorial.

Vistas las mencionadas propuestas de resolución de las Secretarías Generales de las Direcciones de Área Territorial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 del Acuerdo de 13 de mayo de 2020 del Consejo de Gobierno, el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Conceder las ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2023-2024 a los alumnos que se relacionan en el Anexo I de esta orden, por los importes que en el mismo se señalan.

El número total de alumnos beneficiarios que figura en dicho anexo se eleva a 711 y el importe total de las ayudas concedidas asciende a doscientos ochenta y seis mil setecientos diecinueve con setenta y siete céntimos (286.719,77 euros).

Segundo

Denegar las ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2023-24 a los alumnos que se relacionan en el anexo II de esta orden, por los motivos que se especifican en el mismo.

Tercero

Los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados a destinar su importe a la finalidad para la que se han concedido, así como a acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos para su concesión.

Cuarto

Las ayudas se abonarán con cargo al Subconcepto 48399 “Familias: otras actuaciones” del Programa 323M “Becas y Ayudas a la Educación” del vigente presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.

Quinto

La presente orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a efectos del cómputo de los plazos para la interposición de recursos.

Asimismo, dicha orden se publicará en la página web institucional de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid , donde también se podrá consultar la situación detallada de las solicitudes.

Complementariamente a la publicación oficial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la referida página web, las listas estarán disponibles en las respectivas Direcciones de Área Territorial y en los centros educativos.

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, o bien, directamente en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 27 de marzo de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/5.153/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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