Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
29-02-2024

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240229-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PERALES DE TAJUÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Perales de Tajuña. Régimen económico. Calendario fiscal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de febrero de 2024, acordó la aprobación del calendario fiscal 2024 del municipio, que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://ayto-peralestajuna.sedelectronica.es), en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

«Calendario fiscal del ejercicio 2024

Del 26 de febrero de 2024 al 26 de abril de 2024:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Tasa de recogida de basuras domiciliaria o residuos sólidos urbanos.

— Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y por reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, y carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

Del 27 de mayo de 2024 al 26 de julio de 2024:

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (primer 50%).

— Tasa ocupación de vía pública con mesas y sillas.

Del 23 de septiembre de 2024 al 22 de noviembre de 2024:

— Impuesto sobre actividades económicas.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana (segundo 50%).

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.

Las domiciliaciones de los distintos tributos se cargarán en las cuentas de los contribuyentes durante la última quincena del período voluntario.

Una vez iniciado el período voluntario, no se admitirá ninguna domiciliación para el ejercicio en curso. Todas las domiciliaciones recibidas una vez iniciado el período voluntario, tendrán efecto para el ejercicio siguiente».

Perales de Tajuña, a 27 de febrero de 2024.—El secretario-interventor accidental, David García García.

(01/3.223/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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