Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240220-64

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

OFERTAS DE EMPLEO

64
Coslada. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Coslada, en sesión celebrada el 30 de enero de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobar las bases específicas para la selección de una plaza de Conductor (RRSU), de acuerdo con la oferta de empleo público 2022, quedando redactadas de la siguiente manera.

BASES ESPECÍFICAS PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE CONDUCTOR (RRSU)

1. Naturaleza y características

Sistema: OEP-Turno libre.

Denominación: Conductor (RRSU).

Número de plazas: una.

Grupo de titulación: AP-Personal: Laboral.

Procedimiento selectivo: Concurso oposición.

2. Requisitos específicos de los aspirantes

Los/as aspirantes además de reunir los requisitos establecidos en las Bases Generales, deberán:

— Estar en posesión o en condiciones de obtener el Certificado de Escolaridad o equivalente.

— Estar en posesión del Carnet de conducir clase C.

— Estar en posesión del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) en vigor.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

3. Solicitudes

3.1. Derechos de examen: Conforme a lo establecido en las Ordenanzas Fiscales vigentes, aprobadas por el Ayuntamiento de Coslada, que regulan la Tasa por Derechos de Examen, el importe a pagar es de 11,00 euros.

No estarán sujetos ni obligados al pago de las tarifas las personas expresamente indicadas en las Ordenanzas Fiscales vigentes.

El abono de los derechos de examen deberá realizarse cumplimentando el modelo de autoliquidación de la tasa de los derechos de examen, que se puede descargar de la página web del Ayuntamiento, mediante el siguiente enlace:

Sede Electrónica-Autoliquidaciones ( ayto-coslada.es ).

https://sede.ayto-coslada.es/portal/noEstatica.do?opc_id=89&ent_id=2&idi...

En dicho modelo se deberá indicar lo siguiente: En el apartado “Objeto por el que se autoliquida”: “Tasas exámenes” y en el apartado “Comentario”: “Convocatoria Conductor RRSU. (AP)”.

Una vez cumplimentada la autoliquidación podrá efectuar el pago en cualquier sucursal de Caixabank, imprimiendo el impreso generado a través de la web, o puede efectuar su pago a través de internet, en el siguiente enlace:

https://www.caixabank.es/particular/pagos/impuestosrecibosmatriculas_es....

Las instrucciones tanto de la cumplimentación de la autoliquidación como el sistema de pago constan en la página web de este Ayuntamiento, en los enlaces indicados.

La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del interesado a las pruebas selectivas.

4. Contenido de las pruebas selectivas

4.1. Fase de oposición:

4.1.1. Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, basadas en el temario del Anexo.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.1.2. Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en el desarrollo de uno o varios casos prácticos relacionados con las funciones a desarrollar, pudiendo ser por escrito y consistir en varias pruebas o fases, si el Tribunal Calificador lo estima oportuno en función del número de aspirantes presentados.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.2. Fase de concurso:

4.2.1. Por experiencia profesional, hasta un máximo por el total de la misma de 8 puntos:

4.2.1.1. Por servicios prestados en la Administración Pública Local, relacionados con la plaza, el puesto y la categoría a ocupar: 0,15 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 6 puntos.

4.2.1.2. Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas o funcionarios del resto del sector público, relacionados con la plaza, el puesto y la categoría a ocupar: 0,12 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 4 puntos.

4.2.1.3. Por experiencia laboral, en la empresa privada, relacionada con la plaza, el puesto y la categoría a ocupar: 0,08 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 2 puntos.

4.2.2. Por formación académica, hasta un máximo por el total de la misma de 4 puntos.

4.2.2.1. Por cursos de formación, jornadas y/o congresos, relacionados con el puesto de trabajo a cubrir: 0,020 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 4 puntos.

4.2.2.2. Por cursos relativos a prevención de riesgos laborales y/o perspectiva de género: 0,020 puntos por cada hora de formación hasta un máximo 1 punto.

4.2.3. Por otros méritos, hasta un máximo por el total de la misma de 1,4 puntos.

4.2.3.1. Por titulación académica superior a la exigida en el apartado de requisitos de la convocatoria: 0,70 puntos. Si se presenta más de un título, sólo se valorará uno de los presentados.

4.2.3.2. Por haber superado una o varias pruebas selectivas en convocatorias de oposición o concurso-oposición, para la misma plaza o puesto de trabajo convocado por el Ayuntamiento de Coslada: 0,7 puntos.

4.2.3.3. Por estar en posesión del carné de gruista: 1 punto.

Por la suma de todos los apartados de la fase de concurso se podrá obtener un máximo de 13,4 puntos.

4.3. Calificación final: Será la suma de la puntuación obtenida en la Fase de Concurso más la puntuación obtenida en la de Fase de Oposición.

ANEXO

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura. Título Preliminar.

Tema 2. Competencias de las Entidades Locales en materia de residuos. Ordenanza de protección del medio ambiente (Título V).

Tema 3. Riesgos Laborales y Acciones Preventivas y Equipos de Protección Individual con Relación al Puesto de Trabajo. Elementos de Seguridad Activa y Pasiva, con relación al Puesto de Trabajo.

Tema 4. Ley sobre Tráfico. Circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Reglamento y normativa de aplicación.

Tema 5. Manipulación y descarga del Equipo Recolector de Carga Lateral y de Trasera. Comunicación con Peones.

Tema 6. Nociones básicas de mecánica. Motores. Sistemas de alimentación, transmisión, etc. Carrocería y habitáculos.

Tema 7. Revisión del Vehículo Recolector, Pre-recorrido y Post-recorrido.

Tema 8. Problemas y deficiencias en Vehículo Recolector, Islas, Contenedores y Señalización.

Tema 9. Intervención en situaciones de riesgo en la circulación viaria. Paradas. Señalización. Procedimientos de actuación. Medidas de seguridad.

Tema 10. Residuos: Clasificación. Tipos de recogida. Tipos de contenedores.

Publicar dichas Bases Específicas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Aprobar las bases especificas para la selección de cinco plazas de Especialista Jardinero/a, de acuerdo con la oferta de empleo público 2022, quedando redactadas de la siguiente manera:

BASES ESPECÍFICAS PARA LA SELECCIÓN DE CINCO PLAZAS DE ESPECIALISTA JARDINERO/A

1. Naturaleza y características

Sistema: OEP-Turno libre.

Denominación: Especialista Jardinero/a.

Número de plazas: Cinco.

Grupo de titulación: AP-Personal: Laboral.

Procedimiento selectivo: Concurso oposición.

2. Requisitos específicos de los aspirantes

Los/as aspirantes además de reunir los requisitos establecidos en las Bases Generales, deberán:

— Estar en posesión o en condiciones de obtener el Certificado de Escolaridad o equivalente.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

3. Solicitudes

3.1. Derechos de examen: Conforme a lo establecido en las Ordenanzas Fiscales vigentes, aprobadas por el Ayuntamiento de Coslada, que regulan la Tasa por Derechos de Examen, el importe a pagar es de 11,00 euros.

No estarán sujetos ni obligados al pago de las tarifas las personas expresamente indicadas en las Ordenanzas Fiscales vigentes.

El abono de los derechos de examen deberá realizarse cumplimentando el modelo de autoliquidación de la tasa de los derechos de examen, que se puede descargar de la página web del Ayuntamiento, mediante el siguiente enlace:

Sede Electrónica-Autoliquidaciones ( ayto-coslada.es ).

https://sede.ayto-coslada.es/portal/noEstatica.do?opc_id=89&ent_id=2&idi...

En dicho modelo se deberá indicar lo siguiente: En el apartado “Objeto por el que se autoliquida”: “Tasas exámenes” y en el apartado “Comentario”: “Convocatoria Esp. Jardiner. (AP)”.

Una vez cumplimentada la autoliquidación podrá efectuar el pago en cualquier sucursal de Caixabank, imprimiendo el impreso generado a través de la web, o puede efectuar su pago a través de internet, en el siguiente enlace:

https://www.caixabank.es/particular/pagos/impuestosrecibosmatriculas_es....

Las instrucciones tanto de la cumplimentación de la autoliquidación como el sistema de pago constan en la página web de este Ayuntamiento, en los enlaces indicados.

La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del interesado a las pruebas selectivas.

4. Contenido de las pruebas selectivas

4.1. Fase de oposición:

4.1.1. Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, basadas en el temario del Anexo.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.1.2. Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en el desarrollo de uno o varios casos prácticos relacionados con las funciones a desarrollar, pudiendo ser por escrito y consistir en varias pruebas o fases, si el Tribunal Calificador lo estima oportuno en función del número de aspirantes presentados.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.2. Fase de concurso:

4.2.1. Por experiencia profesional, hasta un máximo por el total de la misma de 8 puntos:

4.2.1.1. Por servicios prestados en la Administración Pública Local, relacionados con la plaza, el puesto y la categoría a ocupar: 0,125 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 6 puntos.

4.2.1.2. Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas o funcionarios del resto del sector publico, relacionados con la plaza, el puesto y la categoría a ocupar: 0,075 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 4 puntos.

4.2.1.3. Por experiencia laboral, en la empresa privada, relacionada con la plaza, el puesto y la categoría a ocupar: 0,050 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 2 puntos.

4.2.2. Por formación académica, hasta un máximo por el total de la misma de 4 puntos.

4.2.2.1. Por cursos de formación, jornadas y/o congresos, relacionados con el puesto de trabajo a cubrir: 0,020 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 4 puntos.

4.2.2.2. Por cursos relativos a prevención de riesgos laborales y/o perspectiva de género: 0,020 puntos por cada hora de formación hasta un máximo 1 punto.

4.2.3. Por otros méritos, hasta un máximo por el total de la misma de 1,4 puntos.

4.2.3.1. Por titulación académica superior a la requerida: 0,70 puntos. Si se presenta más de un título, sólo se valorará uno de los presentados.

4.2.3.2. Por estar en posesión del carné de conducir clase B: 0,70 puntos.

4.2.3.3. Por estar en posesión del Carné oficial de manipulador de productos fitosanitarios nivel básico o nivel cualificado: 0,70 puntos.

4.2.3.4. Por haber superado una o varias pruebas selectivas en convocatorias de oposición o concurso-oposición, para la misma para la misma plaza o puesto de trabajo convocado por el Ayuntamiento de Coslada: 0,70 puntos.

Por la suma de todos los apartados de la fase de concurso se podrá obtener un máximo de 13,4 puntos.

4.3. Calificación final: Será la suma de la puntuación obtenida en la Fase de Concurso más la puntuación obtenida en la de Fase de Oposición.

ANEXO

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Contenidos Generales. Derechos y deberes fundamentales.

2. El Municipio: Órganos de gobierno.

3. Riego en jardinería y plantación.

4. Identificación y conocimiento de plantas de jardinería. Cultivo de plantas ornamentales. Cultivo de plantas en vivero.

5. Poda de arbustos.

6. Labores de conservación en jardinería.

7. Conocimiento y manipulación de tierras y enmiendas.

8. Siega de praderas y vegetación espontánea.

9. Seguridad e Higiene en los trabajos de jardinería.

10. Tipo de maquinaria, equipos, motores, útiles y herramientas usadas en jardinería y zonas verdes. Uso, manejo y aplicación adecuada de cada labor. Normas de Seguridad en su uso.

Publicar dichas Bases Específicas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Aprobar las bases especificas para la selección de una plaza de Especialista Mantenimiento, de acuerdo con la oferta de empleo público 2022, quedando redactadas de la siguiente manera:

BASES ESPECÍFICAS PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE ESPECIALISTA MANTENIMIENTO

1. Naturaleza y características

Sistema: OEP-Turno libre.

Denominación: especialista mantenimiento.

Número de plazas: una.

Grupo de titulación: AP-Personal: Laboral.

Procedimiento selectivo: Concurso oposición.

2. Requisitos específicos de los aspirantes

Los/as aspirantes además de reunir los requisitos establecidos en las Bases Generales, deberán:

— Estar en posesión o en condiciones de obtener el Certificado de Escolaridad o equivalente.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

3. Solicitudes

3.1. Derechos de examen: Conforme a lo establecido en las Ordenanzas Fiscales vigentes, aprobadas por el Ayuntamiento de Coslada, que regulan la Tasa por Derechos de Examen, el importe a pagar es de 11,00 euros.

No estarán sujetos ni obligados al pago de las tarifas las personas expresamente indicadas en las Ordenanzas Fiscales vigentes.

El abono de los derechos de examen deberá realizarse cumplimentando el modelo de autoliquidación de la tasa de los derechos de examen, que se puede descargar de la página web del Ayuntamiento, mediante el siguiente enlace:

Sede Electrónica-Autoliquidaciones ( ayto-coslada.es ).

https://sede.ayto-coslada.es/portal/noEstatica.do?opc_id=89&ent_id=2&idi...

En dicho modelo se deberá indicar lo siguiente: En el apartado “Objeto por el que se autoliquida”: “Tasas exámenes” y en el apartado “Comentario”: “Convocatoria Especialista MTO (AP)”.

Una vez cumplimentada la autoliquidación podrá efectuar el pago en cualquier sucursal de Caixabank, imprimiendo el impreso generado a través de la web, o puede efectuar su pago a través de internet, en el siguiente enlace:

https://www.caixabank.es/particular/pagos/impuestosrecibosmatriculas_es....

Las instrucciones tanto de la cumplimentación de la autoliquidación como el sistema de pago constan en la página web de este Ayuntamiento, en los enlaces indicados.

La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo. En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la convocatoria por causa imputable al interesado, ni tampoco por la no presentación del interesado a las pruebas selectivas.

4. Contenido de las pruebas selectivas

4.1. Fase de oposición:

4.1.1. Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, basadas en el temario del Anexo.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.1.2. Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en el desarrollo de uno o varios casos prácticos relacionados con las funciones a desarrollar, pudiendo ser por escrito y consistir en varias pruebas o fases, si el Tribunal Calificador lo estima oportuno en función del número de aspirantes presentados.

La calificación será de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as aquellos/as aspirantes con puntuación inferior a 5 puntos.

4.2. Fase de concurso:

4.2.1. Por experiencia profesional, hasta un máximo por el total de la misma de 8 puntos:

4.2.1.1. Por servicios prestados en la Administración Pública Local, relacionados con la plaza, el puesto y la categoría a ocupar: 0,125 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 6 puntos.

4.2.1.2. Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas o funcionarios del resto del sector publico, relacionados con la plaza, el puesto y la categoría a ocupar: 0,075 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 4 puntos.

4.2.1.3. Por experiencia laboral, en la empresa privada, relacionada con la plaza, el puesto y la categoría a ocupar: 0,050 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 2 puntos.

4.2.2. Por formación académica, hasta un máximo por el total de la misma de 4 puntos.

4.2.2.1. Por cursos de formación, jornadas y/o congresos, relacionados con el puesto de trabajo a cubrir: 0,020 puntos por hora de formación, hasta un máximo de 4 puntos.

4.2.2.2. Por cursos relativos a prevención de riesgos laborales y/o perspectiva de género: 0,020 puntos por cada hora de formación hasta un máximo 1 punto.

4.2.3. Por otros méritos, hasta un máximo por el total de la misma de 1,4 puntos.

4.2.3.1. Por titulación académica superior a la exigida en el apartado de requisitos de la convocatoria: 0,70 puntos. Si se presenta más de un título, sólo se valorará uno de los presentados.

4.2.3.2. Por estar en posesión del carné de conducir clase B: 0,70 puntos.

4.2.3.3. Por haber superado una o varias pruebas selectivas en convocatorias de oposición o concurso-oposición, para la misma plaza o puesto de trabajo, convocado por el Ayuntamiento de Coslada: 0,70 puntos.

Por la suma de todos los apartados de la fase de concurso se podrá obtener un máximo de 13,4 puntos.

4.3. Calificación final: Será la suma de la puntuación obtenida en la Fase de Concurso más la puntuación obtenida en la de Fase de Oposición.

ANEXO

1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Contenidos Generales. Derechos y deberes fundamentales.

2. El Municipio: Órganos de gobierno.

3. Materiales empleados en trabajos de construcción, mantenimiento y reparación de edificios y vías públicas. Nociones básicas. Identificación. Características y usos.

4. Elementos constructivos e instalaciones más usuales en edificios y vía pública. Nociones básicas.

5. Pastas, morteros y hormigones. Confección y puesta en obra. Procedimientos.

6. Trabajos de construcción, mantenimiento y reparación en edificios y vía pública. Nociones básicas en labores de ayuda a albañilería, fontanería, carpintería y cerrajería.

7. Útiles y herramientas empleados en trabajos de construcción, mantenimiento y reparación de edificios y vía pública. Usos y aplicaciones. Maquinaria básica de oficios. Tipos. Usos, manipulación y medidas de seguridad.

8. Trabajos con maquinaria de elevación, demolición y amasado. Manipulación y medidas de seguridad.

9. Medios auxiliares empleados en trabajos de construcción y mantenimiento. Andamios y plataformas. Medidas de seguridad.

10. Protecciones y medios de seguridad en trabajos de construcción y mantenimiento. Epis. Procedimientos.

Publicar dichas Bases Específicas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Coslada, a 1 de febrero de 2024.—El concejal-delegado de Recursos Humanos y Hacienda, Juan López Alarcón.

(02/1.730/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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