Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 43

Fecha del Boletín 
20-02-2024

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240220-48

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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AVISO de 6 de febrero de 2024, del inicio de los trabajos de investigación de la propiedad de la concentración parcelaria de Valverde de Alcalá (Madrid).

El Decreto 4/2020, de 21 de enero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 24, de 29 de enero de 2020), declaró de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de Valverde de Alcalá.

Mediante la Orden 693/2020, de 18 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 124, de 25 de mayo de 2020), se determinó el perímetro de la concentración parcelaria de la zona de Valverde de Alcalá.

El perímetro de la zona a concentrar se circunscribe al término municipal de Valverde de Alcalá, estando formado, en principio, por parte de los polígonos catastrales de rústica números 3 y 4 de dicho término municipal, con la siguiente delimitación:

— Norte: Camino de Torres de la Alameda a Valverde de Alcalá y carretera M-204.

— Sur: Término Municipal de Pozuelo del Rey.

— Este: Términos Municipales de Corpa y Nuevo Baztán.

— Oeste: Términos Municipales de Torres de la Alameda y Pozuelo del Rey.

En su virtud, se anuncia que van a dar comienzo los trabajos de investigación de la propiedad en la mencionada zona a concentrar por lo que, se requiere a los participantes en la concentración parcelaria, para que presenten las Hojas de Investigación así como, los títulos escritos en los que funden sus derechos y declaren, en todo caso, los gravámenes o situaciones jurídicas que afecten a sus fincas o derechos.

A estos efectos, y con independencia del presente aviso, se informará a los interesados, en la página web: www.comunidad.madrid

https://www.comunidad.madrid/servicios/medio-rural/concentracion-parcelaria

Y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valverde de Alcalá, de las fechas y lugares en las que, se recogerán las Hojas de Investigación, con indicación de las oficinas administrativas en las que igualmente podrán ser presentadas.

Se advierte que esta concentración parcelaria es obligatoria para todos los propietarios de fincas afectadas y para los titulares de derechos reales y situaciones jurídicas existentes sobre ellas.

Las fincas cuyos propietarios no aparecieran en este período, serán consideradas como de propietario desconocido y se les dará el destino señalado por la legislación de Concentración Parcelaria. Igualmente se advierte que la falsedad u omisión en estas declaraciones dará lugar, con independencia de las sanciones penales, a la responsabilidad que por daños y perjuicios se deriven de dicha falsedad u omisión.

Por lo tanto, los propietarios de las mismas deberán, en su propio interés, además de hacer la declaración de sus parcelas, seguir el desarrollo de los trabajos de concentración para hacer valer sus derechos en el momento oportuno.

Madrid, a 6 de febrero de 2024.—El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel de Oteo Mancebo.

(03/2.160/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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