Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
02-02-2024

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240202-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
San Fernando de Henares. Régimen económico. Cuenta general

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, una vez dictaminada favorablemente, por la Comisión Informativa Especial de Cuentas, en su sesión ordinaria de 1 de febrero de 2024, la cuenta general municipal, correspondiente al ejercicio 2022, se halla expuesta al público en el Departamento de la Intervención Municipal, del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid), sito en la plaza de España, sin número, planta baja, al objeto de que los interesados puedan formular las alegaciones, reclamaciones, reparos u observaciones que consideren conveniente, las cuales podrán realizar en los siguientes términos y condiciones:

Primero.—El plazo de presentación de alegaciones, reclamaciones, repararos u observaciones será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Segundo.—El lugar de presentación de las alegaciones, reclamaciones, repararos u observaciones será el Registro General del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid), o cualquier otro registro habilitado legalmente, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

Tercero.—Las alegaciones, reclamaciones, reparos u observaciones, serán presentadas ante la Comisión Informativa Especial de Cuentas del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).

San Fernando de Henares, a 1 de febrero de 2024.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Corpa Rubio.

(03/1.717/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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