Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 15

Fecha del Boletín 
18-01-2024

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240118-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Estudio detalle

Asunto: admisión a trámite y aprobación inicial del Estudio de Detalle para las parcelas situadas en la calle de Portillo de El Pardo números 12 y 14. Distrito de Moncloa-Aravaca.—Número expte.: 135-2023-01270.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 30 de noviembre de 2023, adoptó el siguiente Acuerdo:

“Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente, en los términos que figuran en el expediente, el Estudio de Detalle para las parcelas situadas en la calle del Portillo de El Pardo números 12 y 14, distrito de Moncloa-Aravaca, promovido por Fuente del Berro, número 18, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 60, en relación con los artículos 59.4 y 57, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Someter la documentación del Estudio de Detalle al trámite de información pública, por el plazo de veinte días hábiles, mediante la inserción de anuncio en el “BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID” y en un periódico de los de mayor difusión, para que puedan presentarse en el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas, y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio y preceptos concordantes.

Tercero.—Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 b) 1.o de la Ley 9/2001, de 17 de julio.

Cuarto.—Suspender en el ámbito del Estudio de Detalle, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, la tramitación de licencias y los efectos de las declaraciones responsables presentadas con posterioridad a la publicación del presente acuerdo, que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, con excepción de la primera ocupación y funcionamiento”.

Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbana del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, calle de Ribera del Sena, 21, en las mañanas de los días hábiles, así como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de Madrid (madrid.es), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos) o dentro de Vivienda y Urbanismo (Visualizador urbanístico), durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este Anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.

Madrid, a 11 de diciembre de 2023.—La directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

(02/20.768/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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