Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231228-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Collado Mediano. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de basuras con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, se hace público el acuerdo adoptado por el Pleno de fecha 26 de diciembre de 2023 del Ayuntamiento de Collado Mediano, en cumplimiento del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Quinto.— «Aprobar con carácter definitivo, una vez resueltas las reclamaciones presentadas, la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de basuras, modificando el artículo 6 que queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 6.o Cuota tributaria

1. La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija por unidad de local, que se determinará en función de la naturaleza y destino de los inmuebles.

2. A tal efecto se aplicarán las siguientes tarifas:

Se entiende por vivienda la destinada a domicilio de carácter familiar y alojamientos que no excedan de diez plazas.

Se entiende por alojamientos aquellos locales de convivencia colectiva no familiar, entre los que se incluyen hoteles, moteles, hoteles-apartamentos, pensiones, residencias, centros hospitalarios, colegios y demás centros de naturaleza análoga, siempre que excedan de diez plazas.

En el supuesto de que la oficina o establecimiento se halle ubicado en la misma vivienda, sin separación, se aplicará únicamente la tarifa del epígrafe 1.o”.

Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la sede electrónica de esta entidad https://aytocolladomediano.sedelectronica.es

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Collado Mediano, a 26 de diciembre de 2023.—El alcalde en funciones, Jorge Martín Morollón.

(03/21.726/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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