Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
18-12-2023

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231218-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AMBITE

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Ambite. Régimen económico. Calendario fiscal

Don Apolonio Alcaide Bravo, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Ambite.

De conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de cobro periódico por recibo del ejercicio 2024, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento, sita en plaza Mayor, número 1, 28580 Ambite, Madrid (pago efectivo con importe exacto y tarjeta bancaria) Así como en las entidades bancarias autorizadas (BBVA) y a través de la página web del Ayuntamiento de Ambite, en las fechas siguientes:

— Del 2 de febrero al 3 abril de 2024:

• Tasa de Vados.

• Tasa de Basuras.

— Del 8 de marzo al 8 de mayo de 2024:

• Primer semestre del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana.

— Del 3 de mayo al 3 de julio de 2024:

• Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Del 6 de septiembre al 6 de noviembre de 2024:

• Impuesto sobre bienes e inmuebles de Naturaleza Rústica.

• Impuesto sobre Actividades Económicas.

• Segundo semestre del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana.

— Servicio Especial de Pagos (SEP):

• Plazo 1: 7 marzo de 2024.

• Plazo 2: 7 mayo de 2024.

• Plazo 3: 8 agosto de 2024.

• Plazo 4: 8 noviembre de 2024.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

A los contribuyentes acogidos al Servicio Especial de Pagos (pago en 4) los recibos les serán cargados en su cuenta el día 7 hábil o inmediatamente posterior de los meses marzo, mayo, agosto y noviembre del año 2024.

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

En, Ambite, a 5 de diciembre de 2023.—El alcalde-presidente, Apolonio Alcaide Bravo.

(01/20.517/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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