Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
13-12-2023

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231213-65

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

OTROS ANUNCIOS

Gerencia Municipal de Urbanismo

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Pozuelo de Alarcón. Otros anuncios. Gerencia Municipal de Urbanismo. Notificación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 103/2016, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el Informe de Evaluación de los Edificios en la Comunidad de Madrid y se crea el Registro de los Informes de Evaluación de los Edificios de la Comunidad de Madrid, se pone en general conocimiento que la Gerente Municipal de Urbanismo ha adoptado Acuerdo para aprobar y publicar el listado de los inmuebles de tipología residencial de vivienda colectiva cuyos propietarios quedan obligados a realizar el primer Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) y a presentarlo ante el Ayuntamiento en la forma y términos que articula el Decreto 103/2016.

Se ha acordado exponer al público el listado de inmuebles por un plazo de treinta días mediante anuncios insertados en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que los propietarios puedan examinarlo, y en su caso formular las reclamaciones oportunas, haciéndose constar que en el caso de que no se presenten alegaciones en el plazo establecido, la aprobación del censo IEE 2024 quedará elevada automáticamente a definitiva en todos sus términos y consecuencias.

A continuación, se indican los inmuebles de la localidad sujetos a Informe de Evaluación de Edificios:

El Ayuntamiento, en el ejercicio de las facultades de inspección y vigilancia del cumplimiento por los propietarios del deber de disponer del Informe de Evaluación de Edificios, requerirá a estos últimos que aporten dicho Informe. En caso de comprobar que no se haya realizado el referido Informe, ordenará su práctica o podrá realizarlo en sustitución y a costa de los propietarios.

En el supuesto de que la documentación presentada no cumpla los requisitos formales esenciales, el Ayuntamiento requerirá al interesado para la subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo de veinte días para la aportación de la documentación requerida y, en el caso de no aportarla, se considerará como no presentado el Informe de Evaluación de Edificios.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, comunicando que dicho expediente queda a disposición del público, pudiendo consultarse de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce, en la oficina municipal de Rehabilitación y Vivienda, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, sita en la calle Hospital número 4, a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio.

En Pozuelo de Alarcón de Madrid, a 26 de octubre de 2023.—La gerente municipal de Urbanismo, Casilda María Sabater Alonso.

(02/18.161/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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