Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2023

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231114-52

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Getafe. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria de premios a los montajes artísticos realizados para la LXVI Edición del Desfile de Carrozas de las Fiestas de Getafe 2023.

BDNS 724833

De conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe ( www.getafe.es ).

Objeto de la convocatoria.—Se convocan premios mediante régimen de concurrencia competitiva dirigidos a entidades jurídicas sin ánimo de lucro que hayan realizado un montaje artístico con una carroza para el Desfile de Carrozas de la Fiestas de Getafe 2023.

Requisitos de los participantes.—Podrán participar en el concurso las entidades jurídicas sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos establecidos en el artículo 13 de Ley General de Subvenciones y que además:

1. Estén legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente según su régimen jurídico. En el caso de asociaciones también deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados, de conformidad con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe.

2. Se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social.

Presupuesto, modalidades de participación y premios.—El presupuesto máximo de la presente convocatoria es de 22.500 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 338.01.480.00 denominada “Transferencias Corrientes a Familias e Instituciones sin fines de lucro. Festejos Locales”, considerándose gasto público y condicionando su efectividad a la existencia de crédito adecuado y suficiente para el ejercicio 2023.

Se establecen dos modalidades dentro de estos premios:

— Carrozas realizadas artesanalmente: CARROZAS que se hayan realizado sobre una plataforma cedida por la Delegación de cultura y cuyo montaje haya sido totalmente artesanal y realizada por las personas integrantes de la entidad sobre un proyecto original y no realizado con anterioridad.

— Carrozas alquiladas: carrozas que hayan sido alquiladas a terceros y sobre las que no haya habido trabajo artesanal por parte de los integrantes de la entidad.

El importe de cada premio será variable en función de las siguientes pautas:

— Con el fin de incentivar la creación artística, se reserva el 8 % de la cantidad total, 1.800,00 euros, únicamente para montajes artísticos realizados de forma artesanal sobre una plataforma, que se dividirá a partes iguales entre las entidades solicitantes de esta modalidad. Siendo el importe máximo a percibir por cada entidad participante en esta modalidad de 300,00 euros.

— El resto de la cantidad total, 20.700,00 euros, se dividirá a partes iguales entre todos los montajes realizados que se presenten, ya sean carrozas realizadas artesanalmente o alquiladas. Siendo el importe máximo a percibir por cada entidad de 1.478,57 euros.

— Se establece un máximo de 14 premios a montajes artísticos, cuyo importe máximo será de 1.778,57 euros por entidad en el caso de acumulación de las dos modalidades.

Solicitud y plazos.—La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligación para la personas jurídicas, entre las que se encuentran la asociaciones, de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas por lo que la solicitud, que figura como Anexo I y el resto de documentación, deberá presentarse por Registro General de Entrada a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Getafe debiendo contar por tanto la entidad con el correspondiente certificado electrónico. Los anexos podrán obtenerse de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y presentados por Registro de Entrada en las formas recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo el plazo de presentación de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Getafe, a 25 de octubre de 2023.—El concejal-delegado de Cultura y Convivencia, Luis José Domínguez Iglesias.

(03/18.740/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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