Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2023

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231003-100

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Torrejón de Ardoz. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

En la sesión extraordinaria urgente de Junta de Gobierno Local de 20 de septiembre de 2023, ha tenido lugar la aprobación, por unanimidad, del punto del orden del día segundo, relativo a la moción de Alcaldía sobre delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local, referentes a la potestad sancionadora.

Dicho texto dice, literalmente, lo siguiente:

“Para una mejora de la gestión y una mayor agilidad en la tramitación de la administración ordinaria, sería conveniente que las competencias que corresponden a la Junta de Gobierno referentes a la potestad sancionadora, referidas en el artículo 127 l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se delegaran en los concejales delegados.

A tal efecto, en calidad de presidente de la Junta de Gobierno Local, propongo a dicha Junta adopte el siguiente acuerdo:

Primero.—Delegar la incoación y nombramiento de instructor de los expedientes sancionadores de cada materia en el concejal-delegado correspondiente del área competente.

Segundo.—Delegar la resolución de los expedientes sancionadores de toda índole en el concejal-delegado de Hacienda y Patrimonio.

Tercero.—Publicar este acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios y página web municipal.

No obstante, la Junta de Gobierno acordará lo que estime oportuno.

Torrejón de Ardoz, a 21 de septiembre de 2023.—La secretaria en funciones, Elisa Rodelgo Gómez.

(03/16.094/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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