Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
07-09-2023

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230907-29

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Álamo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto legal, se pone en conocimiento general que en esta Entidad Local se hallan expuestos al público los expedientes de modificación presupuestaría:

— Modificación presupuestaría número 18/23, “Suplemento de crédito financiado con bajas o transferencias de partidas pertenecientes a créditos de distinto área de gasto” capítulo 2, por importe de 80.628,00 euros.

— Modificación presupuestaría número 19/23, “Suplemento de crédito financiado con anulaciones o bajas de crédito mediante transferencia entre partidas pertenecientes a créditos de distinto área de gasto” capítulo 1, por importe de 40.000,00 euros.

— Modificación presupuestaria número 22/23, “Suplemento de crédito que afecta al presupuesto municipal en vigor para 2023, financiado con anulaciones o bajas de crédito mediante transferencia entre partidas pertenecientes a créditos de distinto área de gasto” capítulo 4, por importe de 11.000,00 euros.

— Modificación presupuestaria número 23/23, “Suplemento de crédito que afecta al presupuesto municipal en vigor para 2023, financiado con anulaciones o bajas de crédito mediante transferencia entre partidas pertenecientes a créditos de distinto área de gasto” capítulo 4, por importe de 10.000,00 euros.

El Pleno del Ayuntamiento de El Álamo, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de agosto de 2023, acordó aprobar inicialmente los expedientes de modificación presupuestaria números 18/23, 19/23, 22/23 y 23/23, que afectan al presupuesto municipal en vigor para el año 2023 (prorrogado de 2023).

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el número 2 de dicho artículo, podrán presentar reclamaciones ante el Ayuntamiento Pleno en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerarán aprobados definitivamente los citados acuerdos.

En El Álamo, a 1 de septiembre de 2023.—El alcalde, Alberto Cabezas Ortega.

(03/15.057/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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