Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
29-08-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230829-23

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Belmonte de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en al artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto refundido, y el artículo 20.1, al que se remite el artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Secretaría General del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, se encuentra expuesto al público el expediente de modificación presupuestaria siguiente, que afecta al vigente presupuesto y que fue aprobado, inicialmente, por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de agosto de 2023:

Expediente de modificación de créditos número 6/2023, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con remanente de Tesorería para gastos generales como sigue a continuación:

— Altas en capítulo 6 de gastos: 32.000.

— Altas en capítulo 8 de gastos: 32.000.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

— Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

— Oficina de presentación: Registro General.

— Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerarán aprobados definitivamente dichos acuerdos.

Belmonte de Tajo, a 12 de agosto de 2023.—El alcalde, Roberto Morate Carralero.

(03/14.415/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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