Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204

Fecha del Boletín 
28-08-2023

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230828-43

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Morata de Tajuña. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

En calidad de secretario/a de este Órgano, certifico:

Que en la sesión celebrada el 27 de julio de 2023, correspondiente al expediente de Pleno PLN/2023/9, se adoptó el siguiente acuerdo:

Expediente 1750/2023: Aprobación, si procede, régimen de dedicación, retribuciones e indemnizaciones a percibir por los miembros de la Corporación:

— Favorable.

• Tipo de votación: Ordinaria.

• A favor: 12. En contra: 1. Abstenciones: 0, Ausentes: 0.

Resolución

Propuesta de acuerdo

Expediente número: 1750/2023.

Asunto: Régimen de dedicaciones.

Propuesta de acuerdo

Determinación de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación mínima de los mismos

Se da cuenta del expediente incoado a los efectos de que se examine en el presente Pleno la procedencia de aprobar la dedicación exclusiva y parcial de los cargos que a continuación se mencionan, tal y como es la voluntad del Equipo de Gobierno surgido de las últimas elecciones locales.

De acuerdo con lo expuesto, y con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), y en el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Determinar que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, siendo las retribuciones brutas anuales, pagaderas en catorce mensualidades, los cargos siguientes:

— Concejal de Seguridad y Emergencias, Fiestas y Tradiciones, D.a Elena Ortiz-Portada Martínez: 45.000 euros brutos/anuales.

— Concejal de Urbanismo, Obras y Mantenimiento, y Deportes, D. Raúl García Carretero: 45.000 euros brutos/anuales.

Segundo.—Determinar que podrán desempeñarse en régimen de dedicación parcial y, por tanto, con derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, siendo las retribuciones brutas anuales, pagaderas en catorce mensualidades, los cargos siguientes:

— Concejal de Educación, Transporte y Atención Ciudadana, D.a Sara Macarrón López: 31.000 euros brutos/anuales.

— Concejal Cultura, Turismo y Comercio, D. Alberto Villalba de la Torre: 31.000 euros brutos/anuales.

Tercero.— El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de los indicados cargos implica la compatibilidad con el desempeño de las actividades públicas o privadas que cada uno de ellos haya reflejado en la declaración de intereses respectiva, todo ello dentro de los márgenes establecidos por el artículo 75 de la LBRL y en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Dicho nombramiento solo supondrá la aplicación del régimen de dedicación exclusiva o parcial si es aceptado por el concejal, por lo que se da cuenta al Pleno de la aceptación de la dedicación exclusiva y parcial de los concejales designados para dichos puestos.

Las dedicaciones exclusivas y parciales de las Concejalías mencionadas serán efectivas a partir del día 23 de junio de 2023, fecha de nombramiento como concejales responsables de las distintas áreas en que autoorganiza el Ayuntamiento, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—El régimen de dedicación mínima a las tareas municipales por los concejales con dedicación exclusiva será la presencia en el Ayuntamiento la jornada laboral todos los días laborables de lunes a viernes, sin perjuicio de las actividades y viajes oficiales que fueran necesarios para el desempeño de las funciones inherentes a su cargo.

El régimen de dedicación mínima a las tareas municipales por los concejales con dedicación parcial será la presencia en el Ayuntamiento de un 80 por 100 de jornada laboral todos los días laborables de lunes a viernes, sin perjuicio de las actividades y viajes oficiales que fueran necesarios para el desempeño de las funciones inherentes a su cargo.

Quinto.—Dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social a los miembros de la Corporación que desempeñen tales cargos en régimen de dedicación exclusiva y parcial, y en este último caso en tal concepto parcial, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.

Sexto.—Autorizar y disponer el gasto con cargo a la aplicación correspondiente del presupuesto general en vigor, autorizándose, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el Real Decreto 500/1990.

Séptimo.—Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias, cuya aprobación y pago quedará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente:

— Asistencia a sesiones y comisiones.

Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación parcial o exclusiva, percibirán por la asistencia a las sesiones que celebren los órganos colegiados municipales, las cuantías siguientes:

• 200 euros/sesión, Pleno.

• 160 euros/sesión, Junta de Gobierno Local.

• 100 euros/sesión, Comisiones Informativas.

En lo que se refiere a derechos por asistencias a sesiones de órganos colegiados, en caso de celebrarse una o más sesiones del mismo órgano en el mismo día, solamente podrán percibirse derechos por una de ellas.

— Por comisiones de servicios:

• Gastos de viaje: se abonará el importe correspondiente por la utilización de cualquier medio de transporte. En el supuesto de utilizar vehículo propio se abonará la cantidad de 0,19 euros/km.

Octavo.—Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de forma íntegra el acuerdo plenario, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.

Morata de Tajuña, a 28 de julio de 2023.—El alcalde, Fernando Villalaín González.

(03/14.395/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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