Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
11-08-2023

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230811-67

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

67
Madrid número 13. Procedimiento 858/2023

EDICTO

D./Dña. Daniel Alejandro Ignacio Campos, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción n.o 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves n.o 858/2023 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 145/2023

En Madrid, a doce de abril de 2023.

El Iltmo. Sr. Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número trece de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de juicio por delito leve, seguido con el n.o 858/23, en los que aparecen como denunciante perjudicada Aldi, asistida de letrado y como parte denunciada Oleh Oliarnyk, siendo parte asimismo el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.

Fallo

Condeno a Oleh Oliarnyk como autor de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del artículo 234.2 del Código Penal, en grado de tentativa del artículo 16, a la pena de 29 días multa, con una cuota diaria de 6 euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaría, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este Juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme establece el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.

Así por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez, que la dictó celebrando audiencia pública en el día de hoy, que es el día de su fecha. De lo que yo, el letrado de La Administración de Justicia, doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. OLEH OLIIARNYK , actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 29 de mayo de 2023.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(03/13.146/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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