Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
20-07-2023

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230720-26

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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ENCOMIENDA de gestión de 18 de julio de 2023, de la Secretaria General Técnica de Vivienda, Transportes e Infraestructuras a la Secretaria General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en relación con el ejercicio de diversas funciones de carácter transversal vinculadas a la competencia en materia de vivienda.

De una parte, D.a M.a Teresa Barcons Marqués, Secretaria General Técnica de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.

Y de otra parte, D. José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

EXPONEN

Mediante Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías, se crea la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, que asume todas las competencias de la extinta Consejería de Transportes e Infraestructuras, así como las competencias que en materia de Vivienda ostentaba la extinta Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

Mediante Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se ha modificado la estructura orgánica básica de las Consejerías, suprimiéndose la Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura y la Secretaría General Técnica de Transportes e Infraestructuras, y creándose, respectivamente, la Secretaria General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior y la Secretaría General Técnica de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.

Por razones de eficacia y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión administrativa, se considera conveniente que las unidades administrativas de la Secretaria General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior sigan prestando en relación con la materia de Vivienda, la mayor parte de las funciones de carácter transversal que venía prestando con anterioridad la Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los titulares de los órganos intervinientes,

ACUERDAN

Primero

Objeto

Se encomienda a la Secretaria General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en relación con la competencia en materia de vivienda, la realización de las funciones de carácter transversal y la gestión de los expedientes administrativos y de gastos e ingresos, en los que se materialicen las mismas, que se venían prestando con anterioridad por la antigua Secretaria General Técnica de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

Dichas funciones son las relativas a personal, incluida la gestión de la nómina, gestión presupuestaria y contable, contratación, recursos y régimen jurídico, registro y régimen interior, transparencia, gestión de fondos MRR a través de NEXUS sin incluir las funciones relativas a CoFFEE, protección de datos y cualesquiera otras que vinieran prestándose por la antigua Secretaria General Técnica de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, con excepción de la elevación de los asuntos promovidos por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación y por la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, a la Comisión preparatoria de Viceconsejeros y Secretarios Generales Técnicos y al Consejo de Gobierno, que se llevará a cabo por los servicios administrativos de la Secretaria General técnica de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.

Segundo

Competencia

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Los actos administrativos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades materiales, técnicas y de servicios objeto de esta encomienda se adoptarán por la titular de la Secretaría General Técnica de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.

En todo caso, la Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior tendrá la condición de encargada del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la encomienda de gestión.

Tercero

Vigencia

La presente encomienda de gestión estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023.

No obstante el plazo anteriormente señalado, en la medida en que las unidades administrativas adscritas a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras estén en disposición de gestionar las funciones que tienen atribuidas por razón de la materia, la encomienda dejará de tener eficacia en relación con los determinados ámbitos materiales. Esta circunstancia se hará constar en un documento firmado por los firmantes de la presente encomienda.

Cuarto

Publicación

Publicar la presente encomienda en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Madrid, a 18 de julio de 2023.—La Secretaria General Técnica de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, María Teresa Barcons Marqués.—El Secretario General Técnico de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(03/12.916/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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