Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2023

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230712-91

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Torrejón de Ardoz. Organización y funcionamiento. Personal eventual

En Junta de Gobierno Local Extraordinaria de 28 de junio de 2023 se ha aprobado moción de Alcaldía proponiendo la relación de personal eventual y el texto dice así:

“El pasado día 17 de junio de 2023, se constituyó la nueva Corporación Municipal de Torrejón de Ardoz, resultante de las Elecciones Municipales celebradas el día 28 de mayo de 2023.

Considerando que conforme a lo establecido en el artículo 127.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la competencia para aprobar el número y régimen del personal eventual corresponde a la Junta de Gobierno Local, al ser éste un municipio de gran población.

Considerando, que conforme a lo señalado en el artículo 104 bis de la citada ley, no se superan los límites establecidos contenidos en dicha norma.

Considerando asimismo que el artículo 12 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre establece que es personal eventual el que, en virtud de nombramientos y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

Se ha emitido informes por la Intervención General y por la Jefatura de Administración y Contratación respecto de la viabilidad jurídica y presupuestaria.

Por todo lo anterior, se propone a la Junta de Gobierno Local la aprobación de la creación de los siguientes puestos de personal eventual:.

— Un Director General de Comunicación y Protocolo.

— Un Director General de Obras.

— Un Director General de Seguridad.

— Un Director General de mayores y Voluntariado.

— Un Director de Empleo.

— Un Director de Hacienda y Patrimonio.

— Un Director de Digitalización, Transparencia y Planificación.

— Un Director de Medio Ambiente.

— Un Director de Cultura.

— Un Director de Festejos .

— Un Director de Mujer.

— Un Director de Juventud.

— Un Director de Medios Comunicación.

— Un Director de Publicaciones.

— Un Director de Medios Digitales.

— Un Director de Protocolo.

Esta Junta de Gobierno Local podrá variar la denominación o aumentar hasta 17 el número de funcionarios de empleo del Gobierno local.

— Un Coordinador de Administración a propuesta de cada uno de los portavoces de los dos Grupos Municipales.

— Un Responsable de Administración a propuesta del portavoz del Grupo Mixto.

Por el Departamento de Recursos Humanos se lleven a cabo las actuaciones administrativas derivadas de esta resolución, así como las correspondientes a los efectos de la misma.

Estos funcionarios de empleo podrán variarse en la Junta de Gobierno Local.

Torrejón de Ardoz, a 27 de junio de 2023.—El alcalde, Ignacio Vázquez Casavilla”.

Torrejón de Ardoz, a 30 de junio de 2023.—El alcalde, Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/11.668/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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