Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2023

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230712-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

19
ADENDA de 16 de junio de 2023, de prórroga del convenio celebrado entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social (Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad) y la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar (ASEAF), para impulsar el programa de acogimiento familiar temporal durante el curso escolar para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.

En Madrid, a 16 de junio de 2023.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y Política Social D.a María Concepción Dancausa Treviño, en virtud del Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, Dña. Helena Escalada Pardo, con NIF ***3860**, en representación de la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar, en adelante ASEAF, cuyo nombramiento como presidenta de la Asociación fue acordado en la asamblea de la junta directiva celebrada el 21 de mayo de 2023 y está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 51.243, grupo primero, sección segunda.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la primera adenda de prórroga y

EXPONEN

Primero

Que el día 26 de octubre de 2022 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejera de Familia, Juventud y Política Social) y ASEAF para impulsar el programa de acogimiento familiar temporal durante el curso escolar, con vigencia desde el 26 de octubre de 2022 al 30 de septiembre de 2023.

Segundo

Que la cláusula decimosegunda del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por hasta cuatro años adicionales de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y que esta prórroga deberá formalizarse mediante adenda al menos dos meses antes de la finalización del período de vigencia del convenio.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo del programa de acogimiento familiar temporal durante el curso escolar.

Cuarto

Que el servicio prestado por ASEAF desde el inicio del convenio ha sido realizado a plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la primera adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimosegunda del convenio suscrito el 26 de octubre de 2022, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes renuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.

Segunda

Financiación

1. El coste total de la colaboración convenida para el período de vigencia del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024 asciende a 59.833,50 euros.

2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid supondrá un coste total de 48.939,50 euros (IVA exento) con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2023 y 2024. La imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre de 2023 se hará con cargo al presupuesto del ejercicio 2024, en virtud del Informe emitido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid de fecha de 30 de octubre de 2019, por el que se establecen los criterios de actuación en los expedientes plurianuales cuya tramitación se inicie a partir del 1 enero de 2020.

La cuantía aportada por la Comunidad de Madrid se destinará a los gastos de personal necesario para llevar a cabo el programa, esto es, la del/la Técnico/a de intervención y del/la Auxiliar de gestión administrativa. La Comunidad de Madrid aportará 48.939,50 euros para sufragar estos gastos de personal, participando así en un 81,80 % del coste total del programa. Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del convenio y demás compromisos recogidos en la cláusula cuarta.

Se plantea un gasto total con el siguiente desglose:

3. Las cuantías aportadas por ASEAF se destinarán al cumplimiento de lo estipulado en la cláusula tercera del convenio, participando en un 18,20 % del coste total lo que supone un total de 10.894,00 euros. Esta cantidad se destinará, preferentemente, a sufragar gastos derivados de gastos del local, alquiler, comunicaciones (Internet, teléfono), así como material didáctico y de información, información a las familias, actividades de ocio y gastos específicos de cada proyecto en los que incurren los destinatarios del mismo.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes se firma la primera adenda de prórroga del convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o, en ausencia de esta, la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 16 de junio de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social en funciones, Concepción Dancausa Treviño.—La Presidenta de la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar, Helena Escalada Pardo.

(03/11.320/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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