Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2023

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230711-81

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

81
Guadarrama. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Con fecha 21 de junio de 2023, por la Alcaldía–Presidencia, se dictó el Decreto número 73/2023, del siguiente tenor literal:

Nombrados mediante Decreto número 67/2023, de 19 de junio, los miembros de la Junta de Gobierno Local, al amparo de lo establecido en los artículos 23.2 y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, por medio del presente, resuelvo:

Primero.—Delegar en la Junta de Gobierno Local las atribuciones que como delegables se establecen en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, excepto la jefatura de la Policía Local, incluidas la contemplada en el párrafo j), aquellas que correspondan a esta Alcaldía de conformidad con lo previsto en la letra s) del artículo 21.1 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril, y las competencias de Alcaldía en materia de contratación que establece la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, y sin perjuicio de las delegaciones especiales atribuidas a las Concejalías-Delegadas.

La delegación incluye la resolución de los recursos que se interpongan contra los acuerdos adoptados, de acuerdo con el criterio establecido por el Tribunal Supremo sobre el contenido del art. 9.2 de la Ley 40/ 2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segundo.—La Junta de Gobierno celebrará sesión constitutiva el viernes 23 de junio de 2023, a las 13:00 horas.

Tercero.—De conformidad con el artículo 10 de la Ley 40/2019, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las competencias delegadas podrán ser avocadas por la Alcaldía mediante resolución motivada.

Cuarto. Régimen jurídico.—En lo no previsto expresamente en el presente Decreto se estará a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 114 a 118 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Quinto.—Efectividad y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. De la presente resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento, surtiendo efectos desde el día siguiente al de su firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Guadarrama, a 28 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Diosdado Soto Pérez.

(03/11.576/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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