Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2023

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230711-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

78
Griñón. Régimen económico. Padrones fiscales

Por resoluciones de Alcaldía 1391/2023 y 1424/2023, de 23 de junio y 27 de junio, respectivamente, han sido aprobados el impuesto de vehículos de tracción mecánica y tasa de vehículos a través de las aceras y reserva para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase (vado), todos ellos correspondientes al ejercicio 2023. En cumplimiento de la legislación vigente, se expone al público dichos padrones, durante el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán examinarlo en la Oficina Municipal de Recaudación, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón, ante el alcalde-presidente, con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo. Todo ello sin perjuicio del que se estime conveniente para la defensa de sus derechos.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que durante los días comprendidos entre el 5 de agosto hasta el 5 de octubre de 2023, se pondrán al cobro, en período voluntario, los recibos correspondientes al impuesto de vehículos de tracción mecánica y tasa de vehículos a través de las aceras y reserva para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase (vado) del ejercicio 2023.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El pago podrá realizarse en cualquiera de las siguientes entidades bancarias: Banco Santander. Los duplicados de los recibos podrán solicitarse en la Oficina Municipal de Recaudación Voluntaria, sita en la calle Villar, número 12, teléfono: 918 140 014.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Griñón, a 28 de junio de 2023.—El concejal-delegado de Hacienda, Personal, Formación y Empleo (por DA 1337/2023), Amalio Rodríguez Martín.

(01/11.635/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230711-78