Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2023

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230711-71

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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El Escorial. Organización y funcionamiento. Delegación de funciones

Tras la celebración de las elecciones municipales el día 28 de mayo de 2023, habiéndose procedido del día 17 de junio de 2023 a la constitución de la nueva Corporación Local, mediante Resolución de Alcaldía Presidencia número 216 de fecha 19 de junio de 2023, se adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Delegar en los concejales que se señalan a continuación las competencias que corresponden a esta Alcaldía. Las delegaciones comprenderán con carácter general las siguientes funciones:

— La competencia para gestionar los servicios propios comprendiendo el impulso, la supervisión y vigilancia del cumplimiento y ejecución de las actuaciones y políticas propias en las materias de su competencia.

— Dictar instrucciones en las materias propias de las competencias.

— La dirección funcional del personal que preste servicios en los centros propios o en las dependencias adscritas directa o funcionalmente a cada Concejalía, sin perjuicio de la superior dirección del Alcalde y de la dependencia orgánica del titular de la Concejalía en materia de Recursos Humanos.

— Autorización de matrimonios civiles.

— Firma de la remisión de publicación de anuncios a los distintos Boletines Oficiales en materia de su competencia.

Segundo.—Delegar las áreas y materias de hacienda, patrimonio, régimen interior, protocolo institucional y hermanamientos, y protección civil a la concejala D.a Vanesa Herranz Benito. Esta delegación integra las siguientes materias y facultades:

— Presupuestos.

— Ordenanzas Fiscales.

— Oficina Tributaria.

— Política Financiera.

— Aprobación de las propuestas de gasto (contratos menores) a propuesta de las diferentes concejalías.

— Servicio de inventario y patrimonio municipal.

— Incoación y resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial y de reclamación de daños patrimoniales.

— Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid (PIR).

— Organización Interna.

— Seguros municipales.

— Estadística.

— Relaciones con los juzgados.

— Ocupaciones de vía pública sin finalidad lucrativa.

— Archivo.

— Relaciones protocolarias e institucionales con entidades públicas y privadas.

— Emergencias y Protección Civil.

Tercero.—Delegar las áreas y materias de contratación y transparencia, festejos, desarrollo local, empleo y formación al concejal D. Rubén Herranz Menéndez. Esta delegación integra las siguientes facultades y materias:

— Contratación y compras centralizadas.

— La resolución de los expedientes de acceso a la información regulados en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

— Organización de fiestas, eventos y festejos taurinos.

— Aprobación de solicitudes de subvenciones de las diferentes Concejalías a otras entidades, siempre y cuando no impliquen la asunción de nuevas competencias por delegación o encomienda de gestión por otras Administraciones Públicas, así como la aprobación de la justificación y su rendición ante la entidad correspondiente.

— Ventanilla Única Empresarial.

— La dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativas al fomento de la formación empresarial y el empleo, y fomento de la economía local.

Cuarto.- Delegar las áreas y materias de urbanismo, vivienda e infraestructuras, medio ambiente y gestión de residuos, y atención a los mayores a la concejala, D.a Soledad Del Valle Bodas. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Preparación de los expedientes para el otorgamiento de licencias por uso el suelo, construcción y edificación, órdenes de ejecución y calificación ambiental de actividades, sin perjuicio de su aprobación por el órgano competente.

— La elaboración de los instrumentos de planificación y gestión urbanística de todo tipo, antes de su paso a los órganos competentes para su aprobación.

— Control de actividades ilegales.

— Relaciones y coordinación con la Empresa Municipal del Suelo, Patrimonio e Infraestructuras de El Escorial.

— Sostenibilidad y protección del medio ambiente.

— Control, calidad y evaluación medio ambiental.

— Aguas residuales y control de vertidos.

— Atención a los mayores.

— Dirección del centro de mayores.

Quinto.—Delegar las áreas y materias de juventud e infancia, movilidad y transporte, salud pública, bienestar animal, turismo y consumo, y competencia digital al concejal D. Marcos Hernández Blanco. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Iniciativa e impulso en las políticas de juventud e infancia.

— Mobiliario urbano en parques infantiles-ocio.

— Protección y promoción de la salud pública.

— Movilidad y Transportes.

— Promoción de la salud y educación para la salud.

— Bienestar animal.

— Promoción turística del municipio.

— Servicios de Protección al consumidor y OMIC.

— Competencias digitales .

Sexto.—Delegar las áreas y materias de urbanizaciones, comunicación y atención al ciudadano, comercio y ferias, y servicios sociales a la concejala D.a María Teresa Bertomeu Hernández. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Relaciones con los representantes de las urbanizaciones del término municipal.

— Relaciones con los medios de comunicación.

— El seguimiento e impulso en su resolución de las reclamaciones, quejas y sugerencias de los vecinos.

— Mercadillos y venta ambulante, ferias y muestras.

— Relaciones y coordinación con la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste.

Séptimo.—Delegar las áreas y materias de personal y recursos humanos, obras, limpieza y servicios generales, y cementerio al concejal D. Carlos Iglesias Pizarro. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Gestión de Recursos Humanos: selección, provisión, situaciones, incompatibilidades, instrumentos de ordenación, negociación colectiva, jornadas y horarios.

— Acción social.

— Seguridad, salud y prevención de riesgos.

— Mantenimiento de zonas verdes y arbolado urbano.

— Mantenimiento de parques y jardines.

— Limpieza viaria.

— Obras en la vía pública, alumbrado público, alcantarillado, pavimentación y acabados generales en la vía pública.

— Obras de los edificios municipales.

— Proyectos y realización de las obras municipales.

— Relaciones con el Canal de Isabel II.

— Cementerio Municipal.

Octavo.—Delegar las áreas y materias de deportes al concejal D. Vicente Durán Crego. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Iniciativa e impulso en las políticas de deporte.

Noveno.—Delegar las áreas y materias de cultura y tradiciones, educación y familia e igualdad al concejal D. Antonio Lobo Bravo. Esta delegación integra las siguientes facultades:

— Biblioteca.

— Centros culturales, cívicos y salas municipales de exposiciones.

— La dirección y gestión de la Escuela Municipal de Música y de las actividades musicales del municipio en general.

— Archivo histórico.

— Participación en la programación de la enseñanza.

— Cooperación y coordinación con la administración educativa.

— Vigilancia de la escolaridad obligatoria.

— Educación infantil (escuelas infantiles).

— Actividades extraescolares.

— Dependencia, discapacidad y familia.

— Impulso de políticas de igualdad de oportunidades”.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponer, con carácter potestativo y en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común o bien recurso contencioso administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

En El Escorial, a 28 de junio de 2023.—La concejal delegada de Régimen Interior, Vanesa Herranz Benito.

(03/11.582/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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