Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 163

Fecha del Boletín 
11-07-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230711-103

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

103
San Sebastián de los Reyes. Organización y funcionamiento. Nombramiento

Mediante decreto número 3363 de nombramiento de Concejalía-Delegada de Cooperación Ciudadana, Participación y Asociaciones, Juventud e Infancia, de fecha 19 de junio de 2023, esta Alcaldía ha resuelto:

Nombrar concejala-delegada de Cooperación Ciudadana, Participación y Asociaciones, Juventud e Infancia a D.a Tamara Barrientos Sierra.

Con independencia del alcance genérico de delegación en las Concejalías y sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, se delegan en la Concejalía-Delegada de Cooperación Ciudadana, Participación y Asociaciones, las competencias que le corresponden en esta materia a la Sra. alcaldesa y entre ellas las que se detallan:

Materias afectadas

Cooperación, Participación y Asociaciones:

I. Política municipal de cooperación ciudadana.

II. Participación ciudadana y Asociaciones vecinales.

Juventud e Infancia:

I. Política municipal en materia de Infancia. Centro de actividades para la Infancia “Divertilandia”.

II. Políticas dirigidas a jóvenes y adolescentes. Centro Joven Sanse “Daniel Rodríguez”.

El ámbito material de estas atribuciones es el que a continuación se expresa, de forma meramente enunciativa.

En el marco de las atribuciones delegadas ejercerá las siguientes funciones:

Cooperación, Participación y Asociaciones:

I. Política municipal de cooperación ciudadana.

a) Desarrollar y dirigir la política municipal en materia de Cooperación Ciudadana.

b) Acciones encaminadas al desarrollo de los convenios de Cooperación Ciudadana por el Ayuntamiento.

II. Participación ciudadana y Asociaciones vecinales.

Diseñar acciones dirigidas a impulsar la participación en la gestión municipal.

c) Promover la aprobación de instrumentos jurídicos precisos para el impulso y puesta en marcha de un modelo participativo.

d) Fomentar el derecho de participación ciudadana y articular medidas de financiación económica que garanticen el desarrollo de la participación ciudadana.

e) Proponer bases de subvenciones destinadas a Asociaciones y otras entidades de participación ciudadana.

f) Promover la aprobación de un nuevo reglamento municipal de Participación Ciudadana.

g) Resolver las solicitudes de autorización para intervenir en los órganos colegiados del Ayuntamiento.

h) Resolver las peticiones que se formulen relativas a la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales, así como, en su caso, las bajas, modificaciones o renovaciones anuales de las inscripciones, tramitando al efecto los expedientes oportunos.

i) Gestión de los espacios de los centros de participación ciudadana.

j) Fomentar y apoyar al tejido asociativo local.

k) Colaborar en la gestión de los ingresos, relativos a las competencias que por el presente Decreto se delegan, sin perjuicio de las integradas en la Delegación de Hacienda.

Juventud e Infancia:

I. Política municipal en materia de Infancia. Centro de actividades para la Infancia “Divertilandia”.

a) Gestión: Planificación y organización de actividades dirigidas a fomentar la ocupación del ocio, el tiempo libre y la participación de la población infantil del municipio.

b) Presidencia del Consejo local de atención a la infancia y la adolescencia de San Sebastián de los Reyes.

c) Gestión: promoción, planificación y coordinación de planes estratégicos de Infancia y sellos o reconocimientos de calidad (Ciudad Amiga de la Infancia de UNICEF).

d) Participación a través de diferentes instrumentos de coordinación en redes interadministrativas para la promoción de los derechos de la infancia recogidos en la Convención de los Derechos del niño.

II. Políticas dirigidas a jóvenes y adolescentes. Centro Joven Sanse “Daniel Rodríguez”.

e) Gestión, planificación y organización de servicios, recursos y actividades para la promoción de la ocupación del ocio y el tiempo libre, la participación, la educación no formal, la promoción del asociacionismo juvenil y la información y el asesoramiento juvenil de la población juvenil del municipio.

f) Gestión y Dirección de la Escuela de Animación y Educación infantil y juvenil en el tiempo libre de carácter básico del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes facultada para impartir cursos de primer y segundo nivel (monitor de tiempo libre, coordinador de actividades en el tiempo libre, animador juvenil, educador especializado en el tiempo libre) por la Comunidad de Madrid con número 118 en el registro de escuelas de animación y educación infantil y juvenil en el tiempo libre de la Dirección General competente en materia de Juventud.

g) Gestión y Dirección del Centro de Información y asesoramiento juvenil, autorizado por la Dirección General de Juventud de la Comunidad de Madrid y adscrito a la red de centros de Información y asesoramiento juvenil de la Comunidad de Madrid.

h) Gestión punto de información al voluntariado de la Red de puntos de información al voluntariado de la Comunidad de Madrid, así como la planificación y gestión de cursos dirigidos a fomentar el compromiso y la acción voluntaria impartidos por la Escuela de Voluntariado de la Comunidad de Madrid.

i) Gestión: promoción, planificación y coordinación de planes estratégicos de Juventud y sellos o reconocimientos de calidad.

j) Participación a través de diferentes instrumentos de coordinación en redes interadministrativas para la promoción de los derechos de la población adolescente, recogidos en la Convención de los Derechos del niño, y en la legislación sectorial en materia de Juventud.

Medios Personales:

Tal y como se ha previsto en el Decreto de esta Alcaldía, número 3359, de fecha 19 de junio de 2023, por el que se ha determinado la estructura de la Administración Municipal, la Concejalía delegada de Cooperación Ciudadana, Participación y Asociaciones, Juventud e Infancia, ejercerá la superior autoridad sobre el personal de su Área, sin perjuicio de las competencias que en esta materia se delegan en el Área de Gobierno de Recursos Humanos y aquellas que ostenta la Alcaldía por mandato legal.

En este sentido, la Dirección General de Función pública comunicará, en un plazo no superior a dos días, los Medios personales adscritos a cada Concejalía.

DISPOSICIONES FINALES

Los procedimientos iniciados con anterioridad a la eficacia del presente decreto por órganos distintos de los competentes según el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente decreto.

Este decreto surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de edictos pudiendo consultarse en la página web municipal https://www.ssreyes.org/es/portal.do?IDM=47&NM=2 . Dándose cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

San Sebastián de los Reyes, a 29 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Lucía Soledad Fernández Alonso.

(03/11.647/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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