Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2023

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230705-49

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ADENDA de 20 de junio de 2023, al convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Ciclismo, para la organización de la XXXV Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, en la categoría sub-23, por la que se acuerda su modificación.

En Madrid, a 20 de junio de 2023.

REUNIDOS

De una parte, D. Fernando Benzo Sainz, Director General de Deportes de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D. José Vicioso Soto, en calidad de Presidente de la Federación Madrileña Ciclismo.

INTERVIENEN

El primero de ellos, en nombre de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, de lo establecido en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, el Decreto 36/2023, de 14 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid en funciones y en virtud de su nombramiento como Director General de Deportes, por el Decreto 13/2022, de 23 de marzo, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 71, de 24 de marzo de 2022).

El segundo, en nombre y representación de la Federación Madrileña de Ciclismo, inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid con el número 11, en calidad de Presidente de la misma, en virtud de su nombramiento efectuado con fecha 28 de julio de 2020, y en virtud de las atribuciones de su cargo recogidas en el artículo 44 de los Estatutos federativos.

Ambas partes se reconocen competencia para la firma del presente documento y

EXPONEN

I. Que con fecha 30 de marzo de 2023, ambas partes suscribieron un Convenio con el objeto de regular la colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Federación Madrileña de Ciclismo en aras a la celebración de la XXXV Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, en la categoría sub-23, que se desarrollará entre los días 19 y 23 de julio de 2023.

II. Que con fecha 1 de junio de 2023, se recibió escrito del Presidente de la Federación Madrileña de Ciclismo en el que se comunicaba la necesidad de variar los recorridos de cuatro de las cinco etapas a través de las que transcurrirá la vuelta ciclista indicada por diversas causas sobrevenidas con posterioridad a la fecha de firma del convenio indicado, proponiendo los nuevos recorridos de las mismas, así como una corrección en la distancia de la cuarta etapa. Asimismo, se comunicaba que, la convocatoria de elecciones generales para el día 23 de julio de 2023, ha obligado a adelantar un día la celebración de la vuelta ciclista indicada, que pasaría, por consiguiente, a celebrarse entre los días 18 y 22 de julio de 2023.

III. Que se considera que siendo razonables las causas expuestas, no existe ningún impedimento para acordar los cambios solicitados en cuanto a los recorridos y puntos de salida y llegada de dichas etapas, así como el adelanto en un día de las fechas de celebración de la competición.

IV. Que la estipulación sexta del Convenio suscrito dispone que “Las partes podrán modificar lo estipulado en este convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda con anterioridad al inicio de la competición”.

En consecuencia, ambas partes

ACUERDAN

Primero

Modificar la estipulación primera del Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Ciclismo, para la organización de la XXXV Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, en la categoría sub-23, suscrito con fecha 30 de marzo de 2023, por el siguiente texto:

“Es objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Federación Madrileña de Ciclismo (en adelante, Federación) en aras a la celebración de la XXXV Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, en categoría sub-23, que se desarrollará entre los días 18 y 22 de julio de 2023, a lo largo de 5 etapas:

— Primera etapa: 18 de julio de 2023. Salida y llegada en Chinchón, en formato contrarreloj por equipos: 15 kilómetros.

— Segunda etapa: 19 de julio de 2023. Salida y llegada en Alcalá de Henares. 140 kilómetros.

— Tercera etapa: 20 de julio de 2023. Salida y llegada en Buitrago de Lozoya. 92 kilómetros.

— Cuarta etapa: 21 de julio de 2023: Salida y llegada en Parla: 145 kilómetros.

— Quinta etapa: 22 de julio de 2023. Salida y llegada en San Lorenzo de El Escorial. 105 kilómetros”.

Segundo

Suscribir la presente Adenda al Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Ciclismo, para la organización de la XXXV Vuelta Ciclista a la Comunidad de Madrid, en la categoría sub-23, suscrito con fecha 30 de marzo de 2023, con el fin de modificar la estipulación primera del Convenio en el sentido reflejado en el apartado anterior.

Tercero

Aplicar al tratamiento de los datos personales recogidos en la presente Adenda lo dispuesto en la estipulación décima del Convenio a que se refiere.

En prueba de conformidad se firma por ambas partes.

Madrid, a 20 de junio de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, Fernando Benzo Sainz.—Por la Federación Madrileña de Ciclismo, José Vicioso Soto.

(03/10.963/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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