Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2023

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230703-78

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

78
Nuevo Baztán. Organización y funcionamiento. Nombramientos

Por decreto de Alcaldía número 997, de 21 de junio de 2023, se ha adoptado el acuerdo que se traslada a continuación:

«Visto que tras las elecciones locales, celebradas en fecha 28 de mayo de 2023, el Ayuntamiento Pleno de Nuevo Baztán acordó en sesión de fecha de 17 de junio de 2023 constituir la nueva Corporación y designar a doña Gemma Pacheco Huecas como alcaldesa-presidenta.

Visto que el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Local, dispone que “los tenientes de alcalde serán libremente nombrados y cesados por el alcalde de entre los miembros de la Comisión de Gobierno” y el artículo 46.2 que dispone “En los municipios con Comisión de Gobierno el número de tenientes de alcalde no podrá exceder del número de miembros de aquella. En aquellos otros en que no exista tal Comisión, el número de tenientes de alcalde no podrá exceder del tercio del número legal de miembros de la Corporación. A los efectos del cómputo no se tendrán en cuenta los decimales que resulten de dividir por tres el número total de concejales”.

Considerando que el artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuye al alcalde la competencia para “Dirigir el gobierno y la administración municipal”, y que dentro de esa competencia se encuentra la de asignación a los distintos concejales de las funciones que ejercer durante la legislatura.

Teniendo en cuenta que el artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales permite en su punto 1 que “el alcalde puede delegar sus atribuciones, salvo las mencionadas en los artículos 21.3 y 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en los términos previstos en este artículo y en los siguientes”.

Considerando que el punto 4 le permite efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas, y el punto 5 establece tres tipos de delegación entre las que se encuentran en la letra b las delegaciones especiales relativas a un determinado servicio. En este caso la delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no podrá incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Todas las delegaciones serán realizadas mediante decreto del alcalde que contendrá el ámbito de los asuntos a que se refiere la delegación, las facultades que se deleguen, así como las condiciones específicas de ejercicio de las mismas, en la medida en que se concreten o aparten del régimen general previsto en este Reglamento.

Considerando que la delegación de atribuciones del alcalde surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha del decreto, salvo que en ella se disponga otra cosa, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el municipal, si existiere. De todas las delegaciones y de sus modificaciones se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre con posterioridad a las mismas.

Por todo ello decreto:

Primero.— Nombrar a las siguientes tenientes de alcalde:

— Primera teniente de alcalde: Nuria Saguar González.

— Segunda teniente de alcalde: María de las Mercedes Picón López.

— Tercera teniente de alcalde: Rosario García Adán.

Segundo.—Delegar las competencias especiales para los servicios indicados, sin capacidad de dictar actos que afecten a terceros, en los siguientes concejales:

— Doña Nuria Saguar González: Servicios Sociales, Festejos, Deportes y Mujer.

— Doña María de las Mercedes Picón López: Vivienda, Protección Civil, Sanidad y Mayores.

— Don Jesús Rubio Avendaño: Participación ciudadana, Educación, Industria y Protección animal.

— Doña Rosario García Adán: Cultura, Comercio, Juventud e Infancia y Desarrollo Local.

— Don Ignacio Espinosa Arjona: Recursos Humanos, Servicios Jurídicos, Representación EUCC y Urbanismo.

— Don José Manuel Espinosa Fernández: Seguridad y Policía, Medio Ambiente, Mantenimiento Exterior y Edificios Públicos y Movilidad Urbana e Interurbana.

Tercero.—Que la alcaldesa retiene las siguientes competencias: Patrimonio, Turismo, Hacienda, Proyectos Europeos y Comunicaciones.

Cuarto.—Notificar personalmente la resolución a las personas designadas que, salvo manifestación expresa, se considerará aceptada tácitamente.

Quinto.—Remitir la citada resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por la alcaldesa si en ella no se dispusiera otra cosa. Igualmente se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

Sexto.—Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que se celebre».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Nuevo Baztán, a 22 de junio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Gemma Pacheco Huecas.

(03/11.012/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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