Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
30-06-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230630-89

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Nombramientos

En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente,

Decreto

Es intención de esta Alcaldía reforzar los medios humanos y técnicos de su Gabinete, así como las funciones de análisis, planificación y programación de políticas públicas, en el convencimiento de un mejor servicio a la ciudadanía.

Que motivado por lo anterior, y si bien a fecha actual aún no se ha determinado el nuevo número y régimen del personal eventual para la presente legislatura, si existen acuerdos de la Junta de Gobierno local de 26 de junio de 2019, y 31 de enero de 2020, por los que se determinaba el número y régimen de personal eventual, el cual debe seguir vigente hasta su nueva aprobación conforme a lo establecido en el artículo 127.1.h), de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local; concretamente los puestos de:

— Consejero en materia de comunicación del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

— Consejero en materia de dinamización de ciudad viva del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

— Consejero en materia de participación ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

En base a lo anterior, y hasta que se determine por la Junta de Gobierno un nuevo número y régimen del personal eventual, se hace necesario el nombramiento de este que realice funciones expresamente cualificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido conforme a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

Que el personal eventual realizará funciones reconocidas como de asesoramiento y confianza política propios de este personal. Cuando el personal eventual desempeñe funciones de asesoramiento técnico, recibirá la denominación de consejero técnico y cuando realice funciones de confianza política, recibirá la denominación de asesor.

Considerando lo establecido por el título II del Reglamento de Órganos Directivos y del Personal Eventual del Ayuntamiento de Fuenlabrada en cuanto a su regulación, nombramiento y funciones.

Considerando lo establecido por el artículo 104.2, de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, en consonancia con lo establecido por el artículo 24 del Reglamento de órganos directivos y del personal eventual del Ayuntamiento de Fuenlabrada, corresponde al alcalde-presidente el nombramiento y cese del personal eventual o en todo caso cesan cuando automáticamente cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

El artículo 104 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, señala que los Ayuntamientos de Municipios con población superior a 75.000 y no superior a 500.000 habitantes podrán incluir en sus plantillas puestos de trabajo de personal eventual por un número que no podrá exceder del número de concejales de la Corporación local. Asimismo, señala que el personal eventual tendrá que asignarse siempre a los servicios generales de las Entidades Locales en cuya plantilla aparezca consignado. Solo excepcionalmente podrán asignarse, con carácter funcional, a otros de los servicios o departamentos de la estructura propia de la Entidad Local, si así lo reflejare expresamente su reglamento orgánico y que las Corporaciones locales publicarán semestralmente en su sede electrónica y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, de la Comunidad Autónoma uniprovincial el número de los puestos de trabajo reservados a personal eventual.

Considerando lo establecido por el artículo 12 de la Ley 7/2007, Reguladora del Estatuto Básico del Empleado Público, por el que se establece el régimen del personal eventual.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en resolver:

Primero.—Que conforme a los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno local de 26 de junio de 2019 y 31 de enero de 2020, y hasta que por dicho órgano se apruebe la nueva determinación y régimen del personal eventual, vengo a realizar los siguientes nombramientos:

— Nombrar a don Javier Sánchez del Moral como consejero en materia de comunicación del Ayuntamiento de Fuenlabrada, quedando asignado el puesto a los servicios generales del Ayuntamiento y con las características propias de este personal eventual.

— Nombrar a don Valentín Gómez Lirola como consejero en materia de dinamización de ciudad viva del Ayuntamiento de Fuenlabrada, quedando asignado el puesto a los servicios generales del Ayuntamiento y con las características propias de este personal eventual.

— Nombrar a don Óscar Juanas Guijarro como consejero en materia de Participación ciudadana del Ayuntamiento de Fuenlabrada, quedando asignado el puesto a los servicios generales del Ayuntamiento y con las características propias de este personal eventual.

Segundo.—Notificar la presente resolución a los interesados.

Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno.

Fuenlabrada, a 18 de junio de 2023.—El alcalde-presidente, Fco. Javier Ayala Ortega.—Doy fe, el titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Eulalio Ávila Cano.

(03/10.947/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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