Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
08-06-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230608-48

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. O. A. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Agencia para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinada a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro para el desarrollo de itinerarios de empleabilidad en el marco de los planes de barrio en las anualidades 2023 y 2024.

BDNS: 699623

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—Serán beneficiarias las entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que pongan en marcha, implantación y desarrollo de itinerarios de empleabilidad en aquellos barrios de la ciudad de Madrid que tienen una mayor incidencia de desempleo entre sus habitantes y un índice mayor de vulnerabilidad y riesgo de exclusión social, facilitando el acercamiento al mercado de trabajo de sus habitantes desempleados por medio de la información, el acompañamiento, la orientación, el asesoramiento, la formación y la intermediación, de cara a conseguir su inserción laboral.

Segundo. Objeto.—El objeto será la finalidad de mejorar el acceso al empleo de personas empadronadas en la ciudad de Madrid, que sean desempleadas y que se encuentran con más dificultades para acceder a un empleo debido a sus circunstancias personales y sociales, la intervención se focalizará en el 2023 específicamente en los barrios y zonas colindantes de:

— San Isidro (Carabanchel).

— Orcasur (Usera).

— Entrevías (Puente de Vallecas).

— San Diego (Puente de Vallecas).

— Portazgo (Puente Vallecas).

— San Cristóbal (Villaverde).

— Villaverde Alto (Villaverde).

— Hellín (San Blas-Canillejas).

— San Fermín (Usera).

En el año 2024 la relación de los barrios donde se focalizará la intervención podrá ser modificada. La relación de barrios para esa anualidad se publicará mediante resolución del gerente de la Agencia para el Empleo.

Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen mediante la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017.

Cuarto. Cuantía.—Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto de seiscientos dos mil doscientos euros (602.200 euros), de los cuales, trescientos un mil cien euros (301.100 euros) en el año 2023 y trescientos un mil cien euros (301.100 euros) en el año 2024. Dichos importes se imputarán a la aplicación presupuestaria 503/140/232.01/489.01 "Transferencia a instituciones sin ánimo de lucro" del presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid 2023 o la equivalente en el ejercicio 2024.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—La valoración total de cada solicitud será la suma de los puntos obtenidos en los distintos apartados, pudiendo obtener hasta un máximo de 100 puntos, de los que 20 corresponden al apartado relativo a la entidad solicitante y 80 al proyecto presentado. Más concretamente, la prioridad de valoración recaerá sobre la descripción, fines y metodología del proyecto presentado, así como sobre los resultados previstos constituyendo la prioridad de valoración los aspectos relacionados con la dinamización y formación para el empleo y la promoción de la inserción laboral.

Madrid, a 22 de mayo de 2023.—El gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, José María Meneses Castillo.

(03/9.624/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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