Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230522-38

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

CONTRATACIÓN

Distrito de Ciudad Lineal

38
Madrid. Contratación. Distrito de Ciudad Lineal. Autorización demanial

Decreto de 26 de abril de 2023, del concejal-presidente del Distrito de Ciudad Lineal, por el que se aprueban las Bases Reguladoras que han de regir la convocatoria para el otorgamiento, mediante pública concurrencia, de la autorización demanial de uso de las Instalaciones Deportivas Básicas del Distrito de Ciudad Lineal, del expediente número 116/2023/00382.

1. Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información:

a) Organismo: Ayuntamiento de Madrid.

b) Dependencia que tramita el expediente: Coordinación del Distrito de Ciudad Lineal.

c) Obtención de información:

1. Dependencia: departamento de Deportes del Distrito de Ciudad Lineal.

2. Domicilio: calle Hermanos García Noblejas, número 16.

3. Localidad y código postal: 28037 Madrid.

4. Teléfono: 915 880 961.

5. Correo electrónico: cln.deportes@madrid.es.

6. Dirección de Internet: https://sede.madrid.es (sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid).

d) Número de expediente: 116/2023/00382.

2. Objeto del expediente:

a) Tipo: autorización demanial.

b) Descripción: autorización demanial de uso de las instalaciones deportivas básicas del Distrito de Ciudad Lineal.

c) Identificación de las instalaciones:

— Instalación Deportiva Básica “Almudena”, sita en la calle Nicolás Salmerón, número 6. Localidad: Madrid. Código postal: 28017.

— Instalación Deportiva Básica “Trece Rosas”, sita en la avenida de las Trece Rosas, número 3B. Localidad: Madrid. Código postal: 28017.

— Instalación Deportiva Básica “San Lamberto”, sita en la calle San Lamberto, número 20. Localidad: Madrid. Código postal: 28017.

— Instalación Deportiva Básica “San Pascual”, sita en la calle Esteban Mora, con vuelta a la calle Derechos Humanos. Localidad: Madrid. Código postal: 28027.

d) Plazo de ejecución: dos años a partir de su formalización, prorrogable por un máximo de otros dos años.

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: pública concurrencia.

c) Criterios de valoración de los proyectos: los establecidos en el apartado 9 de las Bases Reguladoras.

4. Régimen económico: el establecido en el apartado 17 de las Bases Reguladoras.

5. Requisitos específicos de los destinatarios: podrán concurrir a la convocatoria las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro, inscritas en las secciones 1.a y 2.a del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid, siempre que cumplan con los requisitos recogidos en las Bases Reguladoras de la convocatoria.

Estas entidades deberán contar entre sus finalidades sociales alguna de las siguientes:

a) El fomento de la actividad deportiva.

b) La práctica de la actividad deportiva.

c) Cuando se trate de entidades deportivas a las que se refiere el artículo 25 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, dichas entidades habrán de reunir los requisitos establecidos en dicha ley.

6. Presentación de solicitudes de participación:

a) Fecha límite de presentación: 30 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la reseña de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación íntegra en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

b) Lugar de presentación: las solicitudes, junto con la documentación requerida, se presentarán por medios exclusivamente telemáticos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https//sede.madrid.es ), utilizando los certificados electrónicos de representante de personas jurídicas admitidos por el Ayuntamiento de Madrid, los cuales pueden consultarse en la misma sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

c) Documentación a presentar: la que señala las Bases Reguladoras en el punto 7.

7. Procedimiento de selección: la valoración de los proyectos se realizará por una Comisión de Valoración, que será nombrada por el concejal-presidente del Distrito de Ciudad Lineal y que actuará como órgano colegiado, en los términos recogidos en el apartado 11 de las Bases Reguladoras.

Madrid, a 5 de mayo de 2023.—La coordinadora del Distrito de Ciudad Lineal, Nuria Taboada Rodríguez.

(01/7.928/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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