Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
17-05-2023

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230517-38

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

38
RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2023, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convocan ayudas dentro del programa de aceleración Spinout: de la investigación al mercado.

BDNS: 693611

Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 9 de mayo de 2023, por la que se publica la convocatoria y sus correspondientes Bases Reguladoras para el programa de aceleración Spinout: de la investigación al mercado.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero

Beneficiarios

Los destinatarios de las presentes ayudas son:

— El Personal Docente e Investigador con vinculación a la URJC.

— Los Doctores por la URJC o doctores que trabajen en la URJC.

— Los titulados de máster por la URJC.

— Los graduados de la URJC o estudiantes de grado cursando último curso.

— Personal técnico, de gestión y de administración y servicios.

— Personal de Proyectos de Investigación.

— Personal Docente e Investigador.

Para la obtención de las ayudas objeto de la presente convocatoria, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma.

Requisitos generales:

1) Haberse inscrito en plazo establecido en la convocatoria del programa de aceleración Spinout ( www.spinout.es ), del 18 de mayo al 4 de junio de 2023, o en las ampliaciones que pudiesen realizarse del mismo, y haber enviado la documentación requerida a través del formulario de dicha web (datos personales y resumen ejecutivo de la actividad), sin perjuicio de que pudiesen ser requeridos por el Comité de expertos para la presentación de información o datos adicionales. Será válida también la presentación por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante solicitud incluyendo datos personales y de contacto de los solicitantes y resumen ejecutivo del proyecto, dirigido al Vicerrectorado de Investigación, Innovación y Transferencia de la URJC.

2) Firmar el compromiso de adhesión a la presente convocatoria en un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la misma.

3) Los admitidos al programa tendrán que completar el curso cero de emprendimiento (las fechas del curso se publicarán en con la debida antelación).

4) Haber sido seleccionado por el Comité de expertos. Se notificará la admisión en el programa con al menos 7 días de antelación al inicio de este y se publicarán listados de admitidos y excluidos en la página www.spinout.es

5) Haber completado el programa de incubación/aceleración en su totalidad. Serán excluidos de las ayudas los proyectos/empresas que, habiendo comenzado el programa de incubación o aceleración, respectivamente, no hayan finalizado el mismo hasta el momento de su clausura.

Segundo

Objeto

El programa combinado de incubación y aceleración Spinout se financia mediante subvención del Ayuntamiento de Madrid para el fomento de la innovación a través de programas de aceleración o escalado de proyectos innovadores desarrollados por universidades públicas, fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a universidades públicas, parques científicos y organismos públicos de investigación que tengan sede en el término municipal de Madrid (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 9.215, de 5 de septiembre de 2022), Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo), con la finalidad de generar y desarrollar nuevas iniciativas empresariales e impulsar el crecimiento empresarial desde el ecosistema, los grupos de investigación, y en general la comunidad universitaria, de los proyectos que generan impacto tanto a nivel socioeconómico como a nivel del ecosistema de innovación.

Las ayudas deben ser aplicadas por los beneficiarios necesariamente como “Inversiones en el capital de las spin-off y EBTs”, no pudiendo aplicarse a ninguna otra finalidad.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios

Cuarto

Cuantía

La cuantía máxima de ayudas objeto de la presente convocatoria será de 15.000 euros, que se imputará a las partidas presupuestarias: 30V1IN1269 541AP 773.00 y 30V1IN1269 541AP 783.00.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 18 de mayo al 4 de junio de 2023.

Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión.

La solicitud de participación será formalizada por los participantes en el compromiso de adhesión al programa, donde figurará y será aceptada de forma expresa que: “Los proyectos y empresas participantes que participan en los programas de incubación y aceleración, mediante la firma de este documento, formalizan expresamente su participación en la convocatoria de ayudas Spinout 2023”.

Sexto

Otros datos

Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base V de las Bases Reguladoras.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por un Comités Evaluadores cuya composición se publicará junto con los listados definitivos de admitidos y excluidos al procedimiento para cumplir con lo establecido en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre.

Los criterios de baremación serán los que figuran en la base VII.8, de las Bases Reguladoras de la convocatoria.

Octavo

Resolución y recursos

El Sr. Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación.

Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de un mes, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Móstoles, a 9 de mayo de 2023.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/7.881/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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