Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
03-05-2023

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230503-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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ADENDA de 14 de abril de 2023, de prórroga del convenio de 17 de abril de 2020, de subvención entre la Comunidad de Madrid y Avalmadrid, S. G. R., para la constitución de un fondo específico destinado a promover el acceso a financiación por parte de pymes y autónomos.

REUNIDOS

De una parte, D. Manuel Llamas Fraga, Viceconsejero de Economía, nombrado mediante Decreto 127/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno (en adelante la Comunidad de Madrid).

Y, de otra parte, D. Jesús Lorenzo Alonso Felipe, en calidad de Director General, y D. Fernando de la Fuente Gómez, en calidad de Director Financiero y de Administración, actuando en representación de Avalmadrid, S. G. R. (en adelante Avalmadrid), con domicilio social en Madrid, avenida de los Toreros, número 3, con Cédula de Identificación Fiscal V-28.737.526, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 9957, folio 140, hoja M-159.395, con carácter mancomunado de acuerdo con lo dispuesto en la facultad 2, poderes de administración y disposición, de la escritura de poder otorgada el 30 de enero de 2023, ante D. José Luis Martínez-Gil Calero, como sustituto legal del notario de Madrid D. José Ángel Martínez Sanchiz, con el número 186 de su orden de protocolo.

EXPONEN

Primero

Que con fecha 17 de abril de 2020 se firmó Convenio subvención entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Empleo y Competitividad) –actual Consejería de Economía, Hacienda y Empleo– y Avalmadrid S. G. R., para la constitución de un Fondo Específico destinado a promover el acceso a financiación por parte de pymes y autónomos de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Que dada la proximidad del cumplimiento del plazo inicial previsto de tres años para la concesión de avales tras la firma del convenio de 17 de abril de 2020, y que la necesidad de las pymes y autónomos de obtener financiación sigue persistiendo, ambas partes consideran oportuna su prórroga, con el fin de continuar con la concesión de avales, para que esta actuación siga siendo un instrumento económico útil para las pymes y autónomos de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Que, según lo indicado anteriormente, procede modificar la cláusula tercera del convenio, relativa al período subvencionable para dar cumplimiento al acuerdo unánime de las partes sobre la prórroga de la vigencia del mismo.

De conformidad con lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda al convenio subvención, de 17 de abril de 2020, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Economía, Empleo y Competitividad), actual Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y Avalmadrid, S. G. R., de acuerdo con las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera

Se modifica la estipulación Tercera, que queda redactada en los siguientes términos:

“Tercera

Período subvencionable

El fondo específico, a cuya constitución se destina la presente subvención, se mantendrá hasta la finalización de las actuaciones y períodos de justificación previstos en el presente convenio, dentro de las cuales se incluyen las siguientes:

— El período de concesión de avales por parte de Avalmadrid, S. G. R., cuyo otorgamiento deberá realizarse durante los tres años siguientes a la firma del presente convenio y, adicionalmente, durante los tres años siguientes a la firma de la prórroga del mismo, si la hubiera.

— El período en el que existirá riesgo vivo a cubrir por el Fondo específico, teniendo en cuenta que, de acuerdo a la cláusula segunda del presente convenio, la duración o vencimiento de cada una de las operaciones financieras avaladas no podrá superar el plazo máximo de cinco años”.

Segunda

Las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio, que tendrá efectos desde su firma y hasta el día 17 de abril de 2028.

Tercera

Permanecen inalteradas las restantes estipulaciones del convenio.

Cuarta

La presente adenda entrará en vigor el día de su firma.

Madrid, a 14 de abril de 2023.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.—En representación de Avalmadrid, S. G. R., Jesús Lorenzo Alonso Felipe y Fernando de la Fuente Gómez.

(03/6.503/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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