Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2023

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230410-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

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EXTRACTO de la Orden 873/2023, de 24 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convocan para el año 2023 subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad.

BDNS: 685079

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero

Beneficiarios

Entidades sin fin de lucro de atención a personas con discapacidad, que cuenten con un servicio de información y orientación o que desarrollen un programa de atención a personas con discapacidad, dirigido a la promoción de la vida independiente o prevención de situaciones de dependencia, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.

Segundo

Objeto

Mantenimiento de servicios de información y orientación y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad, dirigido a la promoción de la vida independiente o prevención de situaciones de dependencia, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad de Madrid.

Tercero

Bases reguladoras

Orden 1088/2017, de 26 de junio de 2017, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a entidades sin fin de lucro, en concepto de mantenimiento de servicios y desarrollo de programas de atención a personas con discapacidad publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 156, de 3 de julio de 2017, modificada por la Orden 104/2019 de 7 de febrero, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 41, de 18 de febrero de 2019, modificada por la Orden 451/2022, de 5 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 64, de 16 de marzo de 2022.

Cuarto

Cuantía

La dotación de la subvención es de 1.700.000 euros, con cargo al subconcepto 48099 del programa presupuestario 231F, del presupuesto de gastos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para 2023.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este ­extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el mismo día en que se produzca la publicación de su extracto.

En Madrid, a 24 de marzo de 2023.

La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO

(03/5.604/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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