Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2023

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230410-13

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

13
ORDEN de 27 de marzo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que modifica la Orden por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible, tramitado de forma anticipada, destinado a financiar la concesión directa de subvenciones, en el año 2023, de la Línea 6: Incentivos por contratación de personas participantes en Itinerarios de Inserción, del Programa para el Fomento de la Contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Mediante Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, se han aprobado las normas reguladoras y se ha establecido el procedimiento de concesión directa de subvenciones del programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, mediante Orden de 28 de diciembre de 2028 se declaró el importe del crédito presupuestario de la Línea 6: Incentivos por contratación de personas participantes en itinerarios de inserción, del Programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, destinado a atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995.

No obstante, dado que conforme al artículo 20 del Acuerdo de 28 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, las ayudas comprendidas en la Línea 6 están sujetas a diferente límite máximo de ayudas de minimis y, teniendo en cuenta que el cálculo de la acumulación de la ayuda en cada caso, requiere la publicación diferenciada en Base de Datos Nacional de Subvenciones de las subvenciones concedidas, procede separar el importe del crédito asignado a la Línea 6.

Corresponde a la Dirección General del Servicio Público de Empleo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el fomento y promoción de la integración laboral de personas con discapacidad y de las que se encuentren en situación o con riesgo de exclusión social, en virtud del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

En su virtud, de acuerdo con las competencias atribuidas, y demás legislación vigente,

RESUELVO

Primero

Declarar que el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa en el año 2023, de la Línea 6: Incentivos por contratación de personas participantes en itinerarios de inserción, del Programa para el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad de Madrid, por importe de 500.000 euros, se distribuirá de la siguiente manera:

a) Un importe máximo de 50.000 euros se destinará a financiar la concesión directa de subvenciones de la Línea 6 dirigidas a empresas de inserción.

b) Un importe máximo de 450.000 euros se destinará a financiar la concesión directa de subvenciones de la Línea 6 dirigidas a entidades sin ánimo de lucro.

Segundo

Las referidas obligaciones se imputarán al subconcepto 47200 Actuaciones Cofinanciadas F.S.E. y otras, del Programa presupuestario 241-M Promoción y Fomento del Empleo, centro gestor 200150000, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023.

Madrid, a 27 de marzo de 2023.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 303, de 21 de diciembre de 2021, modificada por Orden de 19 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 181, de 1 de agosto de 2022), el Viceconsejero de Empleo, Alfredo Timermans del Olmo.

(03/5.491/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.29.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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